Tú pones la idea, y nosotros el apoyo legal que necesitas
Establece las normas que van a regular tu sociedad
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Constituye tu empresa fácilmente
Crea los estatutos que regulen la unión temporal de varias empresas.
Establece las normas que van a regular tu sociedad
Firma un contrato con tus socios que regule vuestras relaciones y el funcionamiento de la sociedad
Si tienes bienes en común firma un acuerdo con los otros propietarios
Da seguridad y futuro a las relaciones entre tu familia y tus empresas
Obtén la financiación que necesitas para ayudar a hacer crecer tu negocio con este plan de negocios paso a paso.
Preguntas Frecuentes (FAQ's)
Comenzar un proyecto empresarial supone la realización de trámites ante el Registro Mercantil, la Agencia Tributaria y la Notaría. Esto se debe a la necesidad de publicidad de los datos de la empresa frente a terceros y para garantizar los derechos de los socios que han aportado capital.
Elegir el nombre de la empresa: Hay que solicitar al Registro Mercantil Central una certificación negativa de la denominación social, para comprobar que el nombre no está siendo utilizado por otra sociedad. Para más información, consulta la guía legal La denominación social de la sociedad.
Solicitud del NIF: El Número de Identificación Fiscal (NIF) se solicita ante la Agencia Tributaria utilizando el modelo 306. Se concederá un NIF provisional, que tendrá validez hasta que la empresa esté válidamente constituida.
Desembolsar el capital: Los socios pueden depositar el capital al inicio de la constitución de la sociedad. El capital debe estar depositado en una entidad bancaria, a la que se ha de solicitar una certificación de depósito bancario para adjuntarlo a los Estatutos cuando vayan a elevarse a escritura pública notarial.
Redactar los Estatutos: Serán redactados y aprobados por los socios fundadores y deberán contener, como mínimo, la denominación social, el domicilio social, el capital social y el número de participaciones o acciones en que se divide, la identificación de los socios y el órgano de administración. Puedes consultar nuestros modelos de Estatutos de Sociedad Limitada, de Sociedad Limitada Profesional, de Sociedad Unipersonal o Sociedad Anónima.
Otorgar la escritura pública de constitución: Los socios deben acudir al Notario para firmar la escritura de constitución de la sociedad. A la escritura de constitución deben adjuntarse los estatutos, la certificación negativa de denominación social, el NIF provisional, el certificado de depósito del capital mínimo en entidad bancaria y los documentos de identificación de los socios.
Inscripción en el Registro Mercantil: Al menos uno de los socios, como representante legal, debe acudir al Registro Mercantil para inscribir la escritura de constitución y los estatutos.
Antes de crear la sociedad, es recomendable crear un contrato para proteger legalmente los acuerdos a los que lleguéis antes de constituir la empresa. También pueden redactarse una vez constituida la empresa. Será firmado por todos los socios fundadores y, cuando se unan nuevos socios a la empresa, también tendrán que firmarlo.
Las normas en un pacto de socios incluyen:
Las relaciones internas de los socios como puede ser su participación en la sociedad: por ejemplo, cómo va a contribuir cada socio al capital social.
La organización y funcionamiento de la sociedad.
Aportaciones dinerarias y no dinerarias: por ejemplo si se va a aportar a la sociedad una vivienda, un local comercial, un derecho de patente o de marca.
El régimen de transmisión de acciones o participaciones
El nombramiento y organización del órgano de administración y normas de funcionamiento de la administración.
Es el tipo de sociedad más frecuente, para empresas pequeñas o medianas y para poder limitar la entrada de nuevos socios. El capital mínimo para crearla es de 1 euro, tras la reciente reforma para disminuir el capital inicial y fomentar la creación de nuevas empresas. Puedes consultar más detalles en la Guía Legal Sociedad Limitada. Los socios no responden personalmente de las deudas de la sociedad y su responsabilidad es limitada al capital aportado en la misma. Nuestro Modelo de estatutos contiene las reglas o normas que se firman al crearse la sociedad.
La sociedad anónima tiene todo su capital representado en acciones y sus socios no responden personalmente de las deudas de la sociedad. El capital social mínimo para crearla es de 60.000 euros. En estas sociedades tu responsabilidad es limitada al capital aportado en la sociedad. Con nuestros Estatutos de sociedad anónima, vas a poder limitar la entrada de socios y elegir cómo pueden entrar nuevos socios. Para saber más sobre este tipo de sociedades consulta nuestra Guía legal Las sociedades anónimas.
Si tienes una profesión liberal, como médico, arquitecto o abogado por la que tengas que estar inscrito en un Colegio Profesional, puede que en lugar de querer desarrollar tu trabajo de forma aislada e individual, quieras unirte a otros profesionales. Tu responsabilidad se limitará al capital aportado a la sociedad. Usa nuestro contrato de sociedad profesional y crea una sociedad específica que os permita ejercer vuestra profesión de forma agrupada y organizada.
La unión temporal de empresas, UTE, es un modelo que tienes que utilizar, para la colaboración entre varias empresas o empresarios por un tiempo determinado y con el objetivo de realizar un proyecto, obra o suministro en común. Tendrás una responsabilidad solidaria e ilimitada ante terceros pero sólo por los actos y operaciones realizadas en beneficio común.
La sociedad civil es una asociación de dos o más personas para desarrollar una actividad, y normalmente se suele crear para realizar una actividad mercantil o negocios. Con el contrato de sociedad civil, pondrás dinero en común, bienes o industria y podrás repartir las ganancias obtenidas entre los socios. El socio se responsabiliza con todos sus bienes. Si quieres saber más sobre este tipo de sociedades lee nuestra guía rápida Contrato de sociedad civil.
Existen otro tipo de sociedades más sencillas y pequeñas con las que podrás desarrollar tu negocio o actividad. Para crear tu negocio, por ejemplo puedes poner dinero en común con otros para comprar entre todos bienes, como herramientas, maquinaria, ordenadores, muebles, vehículos, etc. Firma nuestros estatutos de comunidad de bienes para regular tu situación, organiza como se tiene que utilizar la cosa en común y su contribución a los gastos para el mantenimiento. Todos seréis dueños de los bienes, podréis participar en las ganancias y beneficios que den esos bienes o la actividad que hagáis. En este caso frente a terceros responderá la comunidad con todos sus bienes y si éstos no fueran suficientes, responderán los comuneros con su patrimonio personal. Para ello necesitas constituir una comunidad de bienes. Si quieres unirte a otros empresario para compartir la propiedad de algo y obtener ganancias, puedes consultar nuestra guía rápida Comunidad de bienes.
Cuando hayas elegido tu forma societaria (tu tipo de empresa), tendrás que elegir como quieres administrarla. Decídete sólo por una forma en tus estatutos, no puedes elegir dos formas alternativas, aunque luego la Junta puede cambiar de forma de administración con la modificación de estatutos. Para saber más sobre la administración de la sociedad consulta nuestra guía rápida Los órganos de administración de las sociedades.