¿Qué es una comunidad de bienes?
El Código Civil, dice que la comunidad de bienes existe cuando una cosa o un derecho pertenece a varias personas a la vez, es decir en proindiviso. Y todos los dueños de ese patrimonio o bien común, se llaman comuneros.
Si por ejemplo tienes una vivienda, una finca, un barco o un negocio, puedes constituir y crear una comunidad de bienes, para regular la utilización de ese bien o explotación del negocio en común.
En este caso, todos sois propietarios del bien. La propiedad se puede tener por partes iguales o distintas (que por ejemplo sería al 50%, 35%, 20%...), y esta participación en la propiedad se llama cuota.
También puedes constituir una comunidad de bienes, para crear una empresa o hacer negocios, y así obtener ganancias o beneficios y dividirlos entre los socios. Firma nuestros estatutos comunidad de bienes - negocios.
Con nuestro contrato de comunidad de bienes, tendrás unos estatutos que te ayudarán a regular el mantenimiento y el aprovechamiento de ese bien en común.
¿Cómo creo mi comunidad de bienes?
Si la comunidad de bienes va a ser sobre un bien o una propiedad, y todavía no se ha comprado, lo primero que tendrás que hacer es comprar o adquirir la vivienda, finca, barco, coche, etc., que vais a compartir y ver la parte o cuota que va a comprar cada uno.
Dependiendo del bien, por ejemplo si es un bien inmueble la compraventa se tendrá que hacer ante Notario y en escritura pública (documento notarial), para luego presentarla en el Registro de la Propiedad e inscribir la finca a vuestro nombre. Consulta nuestra guía rápida Contrato compraventa - vivienda - inmueble.
También existirá una comunidad de bienes, cuando se herede entre varias personas un bien como un inmueble o un derecho (como las participaciones sociales de una sociedad). Y siempre es recomendable que se firmen unos estatutos para poder regular la utilización y mantenimiento de ese bien entre todos los herederos que ahora sois propietarios.
En todos estos casos, te recomendamos que firmes un contrato con el resto de dueños o comuneros, para organizar el uso y administración de la cosa común.
¿Para qué necesito crear mi comunidad de bienes?
Con nuestros estatutos, podrás regular los derechos y obligaciones de los dueños:
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El uso que se le va a dar a este bien (inmueble, finca, barco…).
Se puede pactar que el uso sea para todos los dueños, y en ese caso, lo más apropiado es que se acuerde el uso por turnos entre los socios.
Pero también se puede pactar que el bien se destine a arrendamiento, o para realizar un negocio. Consulta la guía rápida, Comunidad de bienes - negocios.
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El derecho a participar en los beneficios. Si por ejemplo el bien es un inmueble que se va a alquilar, todos los dueños tendrán derecho a repartirse la renta que se obtenga con el alquiler, y repartirlo según su proporción o porcentaje de propiedad.
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El derecho a administrar el bien.
Todos los partícipes o dueños, tienen derecho a decidir por mayoría (más de la mitad), que hacer con el bien, y como utilizarlo. Habrá mayoría cuando más de los comuneros que tengan más de la mitad de las cuotas o porcentaje de propiedad voten a favor, por ejemplo habrá mayoría cuando el 51% de cuotas de propiedad haya votado a favor de un acuerdo.
Te en cuenta, que si lo que se va a hacer es una arrendamiento o alquiler largo, de varios años, eso puede implicar que los dueños ya no puedan utilizar la vivienda o inmueble, y en ese caso, se necesita que el acuerdo y la decisión la tomen todos los dueños o comuneros, es decir se tiene que tomar por unanimidad.
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La obligación de contribuir y pagar los gastos del bien común.
Para conservar el bien común, todos los dueños en proporción a su cuota o porcentaje de propiedad, también tienen que pagar los gastos para conservar y mantener el bien común. Por ejemplo, si es una vivienda, tienen que pagar los gastos de comunidad de propietarios, los impuestos, o hacer las obras de reforma necesarias para mantener el bien en perfecto estado.
¿Porqué es interesante crear una comunidad de bienes?
Tanto si eres autónomo como si no lo eres, pero quieres unirte a varias personas para crear un pequeño negocio, necesitas firmar nuestro contrato de comunidad de bienes para negocios
La comunidad de bienes, os servirá para organizaros sin tener que crear una sociedad mercantil, y sin tener que cumplir con todas las formalidades que se exigen a otras sociedades como la sociedad anónima o limitada.
¿Qué características tiene una comunidad de bienes?
Las características más importantes que tienes que conocer si creas una comunidad de bienes, son:
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La comunidad de bienes no tiene personalidad jurídica distinta de la de los comuneros, no puede actuar a parte de lo que decidan todos los comuneros ni se puede obligar con terceros, los que se obligan y son responsables son los socios-comuneros.
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En caso de deuda, todos los comuneros responden con sus bienes para hacer frente al pago de las deudas.
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No tienes que inscribir tu comunidad de bienes en el Registro Mercantil.
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No tienes obligación de llevar los Libros que se exigen a las sociedades ni presentar cuentas anuales.
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No tienes que presentar impuesto de sociedades, ya que todas las ganancias que se obtengan por los comuneros o dueños tributarán o se declararán en el IRPF. Es decir, cada socio tendrá que hacer su propia declaración de renta con la parte que haya ganado.
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¿Quién hace las facturas? Será la comunidad de bienes la que haga las facturas a su nombre y cobre el IVA, por eso es importante que se tenga un Libro registro de facturas donde se anoten todas las facturas y la parte que se ha pagado a cada socio.
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Tienes que darte de alta en Hacienda y pedir un número de identificación fiscal, NIF.
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La comunidad de bienes, será como un empresario y podrá contratar trabajadores.
¿Qué puedo hacer si ya no quiero seguir siendo dueño de algo con otros?
Siempre puedes vender tu cuota o parte de la comunidad de bienes a otra persona, ya que eres propietario de esa porción o porcentaje sobre los bienes comunes.
Lo primero que tienes que hacer es ofrecer a otros comuneros o dueños, tu cuota o parte, por si estuvieran interesados en comprarla. Y si ningún socio quiere comprarla, puedes venderla a cualquier otra persona que quiera comprar esa porción de tu propiedad.
Pero si no tienes a nadie o ningún otro dueño (comunero) quiere comprar, siempre podrás pedir la división de cosa común y cobrar tu parte. La división de la cosa común se puede hacer de común acuerdo entre todos los socios, repartiendo los bienes entre cada socio, o si no se pueden dividir, se puede pactar que un socio se quede con el bien o los bienes pagando al resto por su propiedad, o acordar entre todos venderlo a una tercera persona.
Si entre los socios no os ponéis de acuerdo, se tendrá que ir al Juzgado para que sea un Juez quien decida cómo repartir los bienes o venderlos a una tercera persona.
Si eres comunero o dueño de un bien en comunidad de bienes, y quieres salir de ella, pregunta a un abogado para dejar de ser dueño y liquidar tu comunidad de bienes.
Este artículo contiene información jurídica general y no contiene asesoramiento jurídico. Rocket Lawyer no es un bufete de abogados y no sustituye a un abogado o bufete de abogados. El derecho es complejo y cambia con frecuencia. Para obtener asesoramiento jurídico,pregunta a un abogado