¿Qué trámites previos hay que hacer antes de crear una sociedad anónima?
Con estos sencillos pasos, podrás cumplimentar todos los pasos necesarios para crear tu sociedad anónima:
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Pide una Certificación negativa de denominación. Para saber cómo, consulta nuestra guía Razón social - denominación social.
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Solicita en Hacienda un NIF provisional para tu sociedad. Antes de realizar ninguna actividad, solicita el número de identificación fiscal en la Agencia Tributaria (Hacienda).
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Cumplimenta la declaración censal de inicio de actividad para Hacienda, modelo 036, que sirve para dar de alta a la sociedad en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
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Date de alta en el IAE (Impuesto de actividades económicas) en la Agencia Tributaria.
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Abre una cuenta en un banco e ingresa el importe correspondiente al capital social de tu sociedad, que como mínimo tiene que ser de 60.000.-€.
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Pide una certificación en el banco o caja de ahorros donde hayas abierto la cuenta a nombre de la sociedad en constitución, para ingresar el capital social.
Este certificado tendrás que llevarlo al Notario junto con tus estatutos, que tienes que cumplimentar a través de nuestro documento sociedad anónima - estatutos.
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Firma en el Notario la Escritura pública de constitución.
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Haz la liquidación del ITP y AJD (operaciones societarias) de la escritura de constitución. Aunque está exenta de pago (no hay que pagar), si que tienes que hacer la declaración como ¨exenta¨.
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Inscribe la escritura de constitución de la sociedad en el Registro Mercantil de tu provincia.
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Solicita el NIF definitivo en Hacienda, una vez hayas inscrito tu sociedad en el Registro Mercantil y en el plazo de un mes.
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Legalización de todos los libros de la sociedad en el Registro Mercantil Provincial. Esta legalización se tiene que hacer de forma telemática, y para saber más consulta nuestra guía Empresario - Sociedad - Contabilidad - libros contables.
¿Qué incluye la escritura de constitución de una sociedad anónima?
Cuando hayas cumplimentado tus estatutos de sociedad limitada, tendrás que llevarlos, junto con los anteriores documentos, al Notario para firmar una escritura de constitución de sociedad limitada, donde se indicará:
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El nombre de los socios.
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La intención de los socios de querer crear una sociedad limitada.
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El NIF provisional de la sociedad.
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Las acciones de cada socio y su numeración.
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Los estatutos de la sociedad anónima.
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La forma de administración de la sociedad. Existen varias maneras de organizar la administración de la sociedad, informate en administración sociedades - formas.
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Tendrás que indicar en la escritura quién va a ser la persona o personas que se van a encargar inicialmente de la administración.
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El código de actividad económica con el desglose que sea suficiente de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). Que dependiendo de la actividad (pesca, fabricación de productos, venta …) el Notario hará constar en la escritura.
Si vas a tener trabajadores, realiza las siguientes gestiones ante la Seguridad Social.
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Contrata una mutua de accidentes para la cobertura de los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y comunes de los trabajadores de la sociedad.
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Inscribete como empresa y con un código cuenta de cotización (CCC) en la Seguridad Social.
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Afilia y da de alta a los trabajadores en el sistema de la Seguridad Social.
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Haz una comunicación de la apertura del centro de trabajo.
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Si los socios van a trabajar tienen que darse de alta como autónomos
Este artículo contiene información jurídica general y no contiene asesoramiento jurídico. Rocket Lawyer no es un bufete de abogados y no sustituye a un abogado o bufete de abogados. El derecho es complejo y cambia con frecuencia. Para obtener asesoramiento jurídico,pregunta a un abogado