¿Qué es una sociedad civil?
Es una asociación de dos o más personas para desarrollar una actividad, y normalmente se suele crear para realizar una actividad mercantil o negocios. Aunque no necesariamente, tienes que desarrollar un negocio o empresa.
El contrato de sociedad civil, sirve para poner dinero en común, bienes o industria y para repartirse las ganancias que se obtengan entre los socios.
Las sociedades civiles, son sociedades más fáciles de constituir, ya que no necesitas otorgar un documento público (escritura de constitución) ni tampoco necesitas inscribirla en el Registro Mercantil.
¿Qué incluye el contrato de sociedad civil?
Firma nuestro contrato de sociedad civil, en el que podrás completar:
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La creación de un fondo común. Tendrás que hacer aportaciones junto con tus socios a la sociedad, y estas aportaciones serán de la sociedad y de todos los socios. Las aportaciones, pueden ser:
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en dinero;
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en bienes, (como maquinaria, un local o vivienda, pero no es necesario que también transmitas o pongas a nombre de la sociedad el bien o el inmueble, puedes ceder su uso);
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en industria, (como por ejemplo trabajo o prestación de servicios). Es posible crear una sociedad civil, y que no se aporte dinero por los socios, sino su trabajo para la sociedad.
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Las pérdidas y ganancias. Pacta la forma de repartir las ganancias o el beneficio que se obtenga con el negocio.
Si sólo se ha pactado la parte de cada uno en las ganancias, será igual su parte en las pérdidas. Si no has pactado ninguna forma de reparto, la parte de cada uno en las ganancias y en las pérdidas es proporcional a su aportación.
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La forma de administrar la sociedad. Elige entre entre administrador único, administradores solidarios o administradores mancomunados, consulta nuestra guía Administración sociedades - formas, para decidir que tipo de administración elegir.
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La duración de la sociedad. Puede ser determinada para un proyecto o negocio concreto y temporal, o indeterminado.
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Las causas de disolución de la sociedad.
Puedes pactar, que si un socio fallece, la sociedad se disuelva para que no entren los herederos, o puedes pactar que en ese caso los herederos sólo tengan derecho a que le den la parte del socio fallecido, pero que no se conviertan en nuevos socios. Así evitarás que extraños entren en tu sociedad.
¿Qué responsabilidad tiene la sociedad y los socios frente a otros?
La sociedad será la responsable ante los negocios o actividad que desarrollen los socios, si actúan o firman los contratos en nombre de la sociedad. Si la sociedad tiene deudas, primero tendrán que pagarse con los bienes o el patrimonio de la sociedad, y si este es insuficiente, cada socio tendrá que hacerse cargo de las deudas y pagarlas hasta el importe en que se haya calculado su participación o aportación a la sociedad.
¿Qué impuestos tengo que pagar?
Antes del 1 de enero de 2016, era un modelo muy utilizado para pocos socios y negocios pequeños o familiares donde los socios pagaban sus impuestos por IRPF y no tenían que pagar el Impuesto de sociedades.
A partir de esa fecha, la normativa ha cambiado y las sociedades civiles que tengan objeto mercantil, es decir, que se dediquen a un negocio, empresa o industria, tienen que tributar y pagar el Impuesto de sociedades y llevar contabilidad (tienen que presentar cuentas anuales).
Las sociedades civiles que no tienen objeto mercantil, son las sociedades profesionales, las de artesanos o las de explotaciones agrarias.
¿Qué trámites previos tengo que hacer para trabajar con una sociedad civil?
Solicita y haz las siguientes gestiones en la Agencia Tributaria,
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Obtención del NIF de la sociedad, presenta en la Administración tributaria nuestro contrato de sociedad civil o la escritura pública del contrato si lo has firmado ante Notario.
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Haz la liquidación del ITP y AJD (operaciones societarias).
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Cumplimenta la declaración censal de inicio de actividad para Hacienda.
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Date de alta en el IAE (Impuesto de actividades económicas).
Si vas a tener trabajadores, realiza las siguientes gestiones ante la Seguridad Social.
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Contrata una mutua de para la cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y comunes de los trabajadores de la sociedad.
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Inscribete como empresario y con un código cuenta de cotización (CCC) en la Seguridad Social.
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Afilia y da de alta a los trabajadores en el sistema de la Seguridad Social.
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Haz una comunicación de la apertura del centro de trabajo.
Si los socios van a trabajar tienen que darse de alta de autónomos.
Las leyes son complejas y cambian constantemente, Pregunta a un abogado para resolver tus dudas legales.
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