Preguntas frecuentes (FAQ's)
Si eres dueño de un inmueble, tienes plenos poderes para hacer uso del mismo, reformarlo, alquilarlo, donarlo, venderlo, dejarlo en herencia o en usufructo.
Las operaciones como la compra, la venta o el usufructo se inscriben en el Registro de la Propiedad. Este Registro de la Propiedad es un órgano público con delegaciones en todas las provincias que tiene como misión dar información sobre las gestiones realizadas en tu inmueble: si está sujeto a hipoteca, tiene ocupantes o embargos judiciales. Puedes obtener información solicitando una nota simple, por internet o de forma presencial.
Contar con asesoramiento legal es clave para evitar trámites, gastos o retrasos innecesarios y poder gestionar de la forma más eficiente cualquier gestión sobre tu inmueble. Este asesoramiento incluye la creación de documentos legales de alto valor jurídico que podrás crear online tú mismo. Aquí te ofrecemos algunos ejemplos:
Contrato de alquiler de vivienda
Contrato de alquiler de local
Contrato de alquiler de temporada
Contrato de compraventa de vivienda
Contrato de compraventa de local
Contrato de alquiler de vivienda con opción a compra
Carta para actualizar la renta
Como propietario de un inmueble, tienes derecho a alquilarlo y a percibir una renta mensual, ya esté destinado a vivienda, a oficina o a un local.
Te aconsejamos que, antes de comenzar los trámites para ponerlo en alquiler, valores los siguientes aspectos:
Si quieres gestionar el alquiler por tu cuenta o a través de una agencia inmobiliaria.
Si va a estar destinado a vivienda habitual, una residencia turística o con fines empresariales.
Por cuánto tiempo deseas alquilar el inmueble: puede ser por un tiempo determinado o bien por tiempo indefinido.
Si deseas ofrecer al inquilino la opción de compra.
El precio del alquiler y su actualización anual de acuerdo al Índice de Precios de Consumo (IPC).
Las actividades permitidas y prohibidas.
Si vas a autorizar la cesión o el subarriendo por el inquilino a terceras personas.
A lo largo de toda la duración del alquiler pueden producirse cambios que requieren una modificación de los términos del contrato:
La actualización del precio del alquiler: Cada año, antes de que se cumpla la anualidad del contrato, el propietario podrá revisar el precio del alquiler y subirlo en la misma medida que el IPC (Índice de Precios al Consumo).
El divorcio o la separación del inquilino, que supone la subrogación de uno de los cónyuges en todos los derechos y obligaciones.
El fallecimiento del inquilino: Si sus herederos convivían con el inquilino en la vivienda, podrán subrogarse en el contrato. Si no hubiera herederos, puede suponer el fin del alquiler.
Cualquier persona puede comprar o vender un inmueble y podrá firmar un contrato de compraventa, o sus contratos accesorios comprando toda la propiedad.
Pero también pueden comprar dos o más personas por mitad, o en el porcentaje que acuerden. Por ejemplo, pueden comprar al 50% cada una o en un % distinto, si una parte compra el 75% de la propiedad y la otra el 25%. En ese caso, el contrato de compraventa lo tendrán que firmar todas las partes que vayan a comprar el inmueble.