CRÉALO GRATIS Carta para actualizar el alquiler
Lo que incluimos
¿Qué es una carta de actualización del alquiler?
Es una notificación enviada por el propietario del inmueble al inquilino para informarle de la próxima revisión del precio de la renta mensual. Se aplicará el porcentaje anual fijado en el contrato de alquiler y, a falta de éste, el Índice de Precios al Consumo (IPC), o el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), a elección del propietario.
¿Cuándo se usa una carta de actualización del alquiler?
Utiliza esta carta para actualizar la renta, si:
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Eres el propietario de una vivienda o local alquilado y el contrato ha durado un año desde que se celebró.
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Eres el propietario de una vivienda o local alquilado y ha pasado un año desde la anterior actualización.
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La posibilidad de actualizar la renta ha sido prevista expresamente en el contrato de alquiler (solo cuando el contrato es posterior al 1 de abril de 2015).
Ejemplo de la Carta para Actualizar el Alquiler
Los términos de tu documento se actualizarán en función de tus respuestas
Sobre la Carta de Actualización del Alquiler
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Cómo hacer una carta de actualización del alquiler
Crear una carta de actualización del alquiler es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear tu contrato de préstamo será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos del propietario y el inquilino
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¿Quién es el propietario?
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¿Quién es el inquilino?
Datos del inmueble
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¿Se va a alquilar una vivienda o un local?
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¿Cuál es la dirección del inmueble?
Datos del alquiler
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¿Cuál es el importe del alquiler mensual?
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¿Cuándo se firmó el contrato de alquiler?
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¿Qué porcentaje de actualización se va a aplicar?
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¿Cuál es el importe del alquiler actualizado?
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¿Cuándo empezará a pagarse el alquiler actualizado?
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Términos frecuentes en la carta de actualización del alquiler
Propietario o arrendador: Persona o empresa dueña de la vivienda que se va a alquilar.
Inquilino o arrendatario: Persona que va a residir en la vivienda de forma habitual.
Precio del alquiler: Es el importe fijado por el propietario a pagar de forma mensual por el inquilino durante los primeros días de cada mes.
Índice de Precios al Consumo (IPC): Es el porcentaje que refleja la variación del nivel general de precios en la economía para las materias primas, bienes y servicios. Se publica mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y sirve como referencia para actualizar los alquileres, los salarios o las pensiones.
Índice de Garantía de la referencia Competitividad (IGC): Es el indicador de que refleja la subida de los precios de los alquileres, publicado mensualmente por el INE. Debido a la escalada de precios desde el año 2022, el Gobierno ha establecido un límite en la aplicación de este índice de un 2% en los alquileres hasta el 31 de diciembre de 2023.
Certificado de actualización: Es el documento oficial emitido por el Instituto Nacional de Estadística que sirve para acreditar la justificación de la actualización del alquiler con referencia al IPC o al IGC.
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Consejos para el propietario y el inquilino
Antes de la fecha de renovación del contrato de alquiler, revisa el Índice de Precios de Consumo y el Índice de Garantía de la Competitividad del último mes, puedes consultarlos en la página web del Instituto Nacional de Estadística.
Como propietario, puedes solicitar el certificado de actualización al Instituto Nacional de Estadística y adjuntarlo a la carta que vas a enviar al inquilino.
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No se actualizó la renta en su momento.
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El propietario te ha notificado la actualización de la renta y no estás de acuerdo con la cantidad resultante.
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El propietario no ha actualizado la renta en algún año y la va a aplicar ahora con efectos retroactivos.
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FAQ's sobre la Carta de Actualización del Alquiler
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¿Qué debe incluir una carta de actualización del alquiler?
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La identificación del propietario y del inquilino.
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La renta que debe abonarse a partir de la notificación.
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La fecha a partir de la cual se comenzará a cobrar la renta actualizada.
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El índice aplicado para la actualización (IPC, IGC o porcentaje pactado en el contrato).
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¿Por qué es importante una carta de actualización del alquiler?
Aunque es posible notificar que has procedido a actualizar la renta mediante una nota en el recibo de renta del mes anterior, lo mejor es hacerlo por escrito. Necesitas una carta de actualización de renta para que la nueva renta pueda ser exigible desde el mes siguiente a aquel en que realices la notificación.
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¿Puede revisarse la renta en cualquier momento?
La actualización de la renta sólo puede llevarse a cabo en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, con lo que no es posible hacerlo a primeros de año, sino una vez llegue el vencimiento del contrato.
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¿Qué ocurrirá si como arrendador no actualizo la renta?
Si por ejemplo no has actualizado la renta en dos años y pretendes actualizarla ahora, podrás enviar una comunicación a tu arrendatario para actualizarla, ya que como ya ha vencido un año de su vigencia es posible hacerlo “en cualquier momento”. Pero a lo que no tendrás derecho como arrendador es a reclamar la diferencia entre la renta que cobrabas y la que hubiere resultado de aplicar en tiempo y forma la actualización.
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¿Qué índice o qué porcentaje debe aplicarse al realizar la actualización de la renta?
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En el caso de los contratos celebrados a partir del 1 de abril de 2015, la actualización de la renta sólo puede efectuarse si ha sido prevista expresamente en el contrato de alquiler.
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En los contratos celebrados antes del 6 de junio de 2013, la revisión de la renta se hace obligatoriamente por referencia al Índice de precios de consumo (IPC).
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En los contratos celebrados a partir del 6 de junio de 2013, se aplica desde el primer momento el índice o metodología que haya sido pactado por las partes en el contrato de alquiler. Cabe la posibilidad de pactar la revisión del alquiler pero no la manera concreta de hacerlo. En estos casos, se aplicará el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), y se calculará la nueva renta aplicando y sumando a la renta del año anterior la variación del IGC correspondiente a los 12 meses anteriores a la actualización. Para los contratos anteriores al 1 de abril de 2015, si no existiera pacto expreso sobre ello, la actualización de la renta se calcula conforme a la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC), en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del mismo.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) es responsable del cálculo y publicación mensual del Índice de garantía de competitividad (IGC) y del Índice de precios de consumo (IPC).
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¿Hay algún límite a la subida del alquiler?
El pasado mes de diciembre de 2022 fue aprobada una prórroga para el límite a la subida del precio del alquiler hasta el 31 de diciembre de 2023, para los contratos que se renueven a partir del 31 de marzo de 2022. Este límite está fijado en el 2%, tomando como referencia el objetivo a medio plazo para la inflación del Banco Central Europeo, por lo que es posible que el inquilino solicite aplicar este porcentaje, en lugar del Índice de Precios al Consumo, que ha llegado a alcanzar un pico del 10,8% en el mes de julio de 2022.
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¿Cómo se envía la carta de actualización?
No se exige que la recepción de la notificación sea confirmada por el inquilino, pero en el caso de que niegue haber recibido la comunicación deberás demostrar que así lo hiciste. Además, debes acompañar la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística que se puede obtener de la propia página web del Instituto Nacional de Estadística (INE).
El plazo para enviar la notificación es de 30 días (incluyendo fines de semana y festivos) anteriores a la fecha de renovación del contrato.
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¿Qué ocurre si el inquilino no está de acuerdo?
Si el inquilino expresa su disconformidad con la subida del alquiler, hay dos opciones:
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Acudir a mediación para resolver las discrepancias de forma amistosa.
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Rescindir el contrato de alquiler, en cuyo caso el inquilino deberá dejar el inmueble en la fecha de vencimiento del contrato.
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