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Trámites para crear una sociedad limitada

Crea tu SRL o SL de forma fácil y sencilla

Antes de redactar tus estatutos y poner en marcha tu sociedad limitada, tienes que hacer unos trámites previos con Hacienda, y otros posteriores con el Registro Mercantil.

Crea tus Estatutos de Sociedad Limitada
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Responde unas pocas preguntas. Nosotros nos encargaremos del resto

Con estos sencillos pasos, podrás cumplimentar todos los requisitos necesarios para crear tu sociedad limitada:

  • pide una certificación negativa de denominación al Registro Mercantil Central. Para saber cómo actuar, consulta nuestra guía rápida La denominación social de la sociedad

  • solicita en Hacienda un NIF provisional para tu sociedad. Antes de realizar ninguna actividad, solicita el número de identificación fiscal en la Agencia Tributaria (Hacienda)

  • cumplimenta la declaración censal de inicio de actividad para Hacienda, modelo 036, que sirve para dar de alta a la sociedad en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores

  • date de alta en el IAE (Impuesto de actividades económicas) en la Agencia Tributaria

  • abre una cuenta en un banco e ingresa el importe correspondiente al capital social de tu sociedad, que como mínimo tiene que ser de 1 € (posteriormente los socios podrán realizar aportaciones sociales hasta llegar a la cifra de 3.000€).

  • pide una certificación en el banco o caja de ahorros donde hayas abierto la cuenta a nombre de la sociedad en constitución, para ingresar el capital social. Este certificado tendrás que llevarlo al Notario junto con tus estatutos, que podrás cumplimentar a través de nuestro documento estatutos de la sociedad limitada. No será necesario acreditar la realidad de las aportaciones dinerarias si los fundadores manifiestan en la escritura que responderán solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores sociales de la realidad de las mismas.

  • firma en el Notario la escritura pública de constitución

  • haz la liquidación del ITP y AJD (operaciones societarias) de la escritura de constitución. Aunque está exenta de pago (no hay que pagar), si que tienes que hacer la declaración como “exenta"

  • inscribe la escritura de constitución de la sociedad en el Registro Mercantil de tu provincia

  • solicita el NIF definitivo en Hacienda, una vez hayas inscrito tu sociedad en el Registro Mercantil y en el plazo de un mes

  • legaliza todos los libros de la sociedad en el Registro Mercantil Provincial. Para saber más consulta nuestra guía rápida Libros contables para empresarios y sociedades

Cuando hayas cumplimentado tus estatutos de sociedad limitada, tendrás que llevarlos, junto con los anteriores documentos, al Notario para firmar una escritura de constitución de sociedad limitada, donde se indicará:

  • el nombre de los socios

  • la intención de los socios de querer crear una sociedad limitada

  • el NIF provisional de la sociedad

  • las participaciones sociales de cada socio y su numeración

  • los estatutos de la sociedad limitada

  • la forma de administración de la sociedad. Existen varias maneras de organizar la administración de la sociedad, infórmate en nuestra guía rápida Los órganos de administración de las sociedades

  • tendrás que indicar en la escritura quién va a ser la persona o personas que se van a encargar inicialmente de la administración

  • el código de actividad económica con el desglose que sea suficiente de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). Que dependiendo de la actividad (pesca, fabricación de productos, venta, etc.) el Notario hará constar en la escritura
  • contrata una mutua de accidentes para la cobertura de los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y comunes de los trabajadores de la sociedad

  • inscríbete como empresa y con un código cuenta de cotización (CCC) en la Seguridad Social

  • afilia y da de alta a los trabajadores en el sistema de la Seguridad Social

  • haz una comunicación de la apertura del centro de trabajo

  • si los socios van a trabajar tienen que darse de alta como autónomos

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