CRÉALO GRATIS Acta de replanteo

Lo que incluimos
¿Qué es un Acta de replanteo?
Si eres constructor o promotor, y has firmado un contrato de obra, necesitarás firmar un Acta de replanteo para tener constancia del inicio de las obras. El plazo de ejecución de las obras contratadas se empieza a contar desde el día siguiente al de la firma del Acta. Utiliza nuestro modelo de Acta de replanteo y hazlo correctamente.
¿Cuándo se usa un Acta de replanteo?
Tienes que firmar un Acta de replanteo o de comienzo de las obras cuando el constructor:
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Ha examinado los terrenos y ha comprobado que puedes iniciar las obras y que el terreno coincide con el proyecto.
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Ha comprobado que los terrenos están disponibles para iniciar la obra.
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Ha comprobado que las mediciones del terreno coinciden con los planos del proyecto.
Sobre el Acta de replanteo
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Cómo hacer un Acta de replanteo
Crear un Acta de replanteo es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear tu Acta de replanteo será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos de las partes contratantes
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¿Cuál es la empresa constructora?
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¿Quién es el promotor?
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¿Quién es el cliente?
Datos sobre la obra
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¿Cuándo ha comenzado la obra?
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¿Dónde se ha realizado la obra?
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¿Cuál ha sido el precio?
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¿Existe algún defecto en la construcción?
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¿Qué garantía se exige al constructor para asegurar sus responsabilidades?
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Términos frecuentes en el Acta de replanteo
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Promotor: Es la empresa que ha planificado la construcción e invertido el capital necesario para construir el edificio o edificios y que tiene la propiedad de los mismos hasta que se vendan a particulares o empresas. Es responsable, junto a la empresa de construcción, de los daños o perjuicios de las viviendas o edificios.
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Constructor: Es la empresa encargada de llevar a cabo el levantamiento de edificios utilizando los medios técnicos y humanos necesarios, siguiendo el plan de construcción de la promotora. Es responsable, junto a la promotora, de los desperfectos en la edificación.
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Proyectista: Es el profesional técnico, con título de delineante o de diseñador técnico, para la redacción del proyecto de construcción por encargo del promotor. Debe estar dado de alta en el colegio de delineantes y diseñadores técnicos correspondiente.
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Director de obra: Es el profesional técnico, con título de arquitecto (técnico o superior) o ingeniero civil (técnico o superior) que dirige el desarrollo de la obra y supervisa el cumplimiento de los requisitos técnicos y urbanísticos, así como el impacto estético y medioambiental. Debe estar dado de alta en el colegio de arquitectos o ingenieros correspondiente.
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Director de la ejecución de la obra: Es el profesional técnico que asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de supervisar el cumplimiento de los estándares de calidad de la misma.
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Contrato de ejecución de obra: Es un tipo de contrato mercantil por el que una empresa o particular se compromete a construir una vivienda de obra nueva o una reforma por mandato del contratante, poniendo los medios técnicos y humanos necesarios.
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Recepción con reservas: El promotor puede aceptar el Acta de recepción de la obra en su totalidad, sin incluir los desperfectos o daños que hubiera observado al inspeccionarla cuando se haya terminado. Estas reservas suponen que su responsabilidad sobre la integridad de la construcción a partir de la firma del Acta sólo se extiende a las partes que estén bien, siendo los desperfectos responsabilidad del constructor.
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Licencia de obra: Es la autorización emitida por el Ayuntamiento del municipio donde se va a realizar la obra, para iniciar la construcción. El solicitante debe aportar una memoria de la finalidad y el uso de las obras y un proyecto aprobado por un arquitecto.
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Certificado oficial de obra: Es el justificante emitido por el director de ejecución de la obra de haber dirigido y supervisado su ejecución y de garantizar la calidad de la construcción de acuerdo con el proyecto y los requisitos técnicos.
Si desea que su Acta de replanteo incluya disposiciones adicionales o más detalladas, puede editar su documento. Sin embargo, si hace esto, es posible que desee que un abogado revise el contrato por usted (o que haga los cambios por usted) para asegurarse de que su documento modificado cumple con todas las leyes pertinentes y satisface sus necesidades específicas. Use el servicio de Rocket Lawyer Pregunta a un abogado.
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FAQ’s sobre el Acta de replanteo
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¿Qué debe incluir un Acta de replanteo?
El Acta de replanteo es un documento contractual que se realiza después de comprobar el replanteo general de la obra, constando allí las incidencias del solar, dimensiones, cotas, y la fecha que indica el comienzo oficial del inicio de las obras.
Con este acta tendrás un documento dónde se hará constar el inicio formal de las obras y que el terreno es apto para la construcción.
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¿Quién tiene que firmar el Acta?
El Acta de replanteo tiene que firmar el constructor y la dirección facultativa, esto es, el director de obra y el director de la ejecución de la obra. Aunque nuestro consejo es que también la firme el promotor y el coordinador de seguridad de la obra.
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¿Cuál es el plazo para entregar la obra?
Son los treinta días siguientes a la fecha de la terminación, acreditada en el certificado final de obra. Este plazo se contará a partir de la notificación efectuada por escrito al promotor. Si el promotor no hubiera firmado el acta con reservas o rechazado la obra en ese plazo, la entrega entenderá realizada.

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