CRÉALO GRATIS Contrato de obras de reforma
Lo que incluimos
¿Qué es un Contrato de obras de reforma?
Es un acuerdo mercantil por el que el propietario de un inmueble destinado a vivienda o con fines distintos al de vivienda encomienda a una empresa dedicada a la construcción la realización de un proyecto para modificar su distribución o para realizar mejoras, previa obtención de la licencia de obras y cumplimiento de los requisitos técnicos que exige la normativa.
¿Cuándo se usa un Contrato de obras de reformas?
Si te han encargado o has encargado la reforma de una vivienda, ya sea una reforma integral o parcial, tienes que firmar un contrato de reforma para:
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Asegurarte la forma de pago, pacta entregas a cuenta del precio.
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Especificar exactamente qué trabajos vas a realizar.
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Saber quién tiene que pedir las licencias y permisos de obra al Ayuntamiento para realizar la obra.
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Acordar si vas a conceder una garantía por la mano de obra y trabajos realizados.
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Pactar quién va a suministrar los materiales.
Ejemplo del Contrato de obras de reforma
Los términos de tu documento se actualizarán en función de tus respuestas
CONTRATO DE OBRA DE REFORMA
REUNIDOS
(1) , con domicilio en (que en este contrato se llama el contratista); y
(2) , con domicilio en , (que en este contrato se llama el cliente).
Afirman que tienen la capacidad necesaria para hacer este CONTRATO DE OBRA DE REFORMA
ESTABLECEN
1. Mediante este contrato, el contratista se compromete a reformar del inmueble propiedad del cliente, situado en . El presupuesto de la reforma se adjunta a este contrato.
2. Que están interesados en firmar este contrato de obra de reforma, de acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Objeto
3. El objeto de este contrato es la realización por parte del contratista, de las siguientes obras: .
Materiales
4. Las obras y reformas, así como los materiales contratados son únicamente los que se especifican en el presupuesto y que serán aportados por el contratista, por lo que cualquier variación que se produzca durante la instalación y ejecución de los trabajos tendrá que ser acordada entre el contratista y el cliente.
Todos los materiales, mobiliario y accesorios serán propiedad del contratista que se reserva su dominio, mientras no se haya pagado la totalidad del precio.
El cliente facilitará el suministro de agua y luz para la realización de las obras de reforma.
5. En caso de que no haya un presupuesto explícito de pintura, los citados trabajos quedarán excluidos del presupuesto y deberán presupuestarse por separado.
Precio y forma de pago
6. El cliente se obliga a pagar por la realización de las obras de reforma, la cantidad de € impuestos no incluidos, contenida en el presupuesto del contratista y aceptado por el cliente y que figura como anexo a este contrato.
El cliente se compromete a pagar dicha cantidad de la siguiente manera:
Los pagos se harán mediante transferencia bancaria al número de cuenta que ambos acuerden.
Plazo
7. El contratista se compromete a realizar toda la instalación y reforma de la obra, comenzando la obra el y acabándola el . Las citadas fechas y los plazos son orientativos y prorrogarán por el tiempo necesario, en caso de fuerza mayor, si se acuerdan ampliaciones o modificaciones del presupuesto, y por cualquier otra causa o petición del cliente.
Los retrasos que se produzcan y que no sean imputables al contratista, irán a cargo del cliente.
Si al cumplirse la fecha de terminación de la obra de reforma, ésta no estuviera terminada, el contratista abonará al cliente una indemnización de €, por cada día de retraso causado por su parte.
Garantía
8. El contratista ofrece una garantía exclusivamente sobre la mano de obra y trabajos de instalaciones y reformas según establezca la Ley, comprometiéndose a arreglar y solucionar cualquier defecto que pueda surgir.
Los materiales, mobiliario y accesorios instalados tendrán la garantía que en cada caso establezca el respectivo fabricante, maquinista y/o vendedor. La garantía quedará extinguida en caso de una incorrecta utilización del cliente o por reparación o manipulación por personas ajenas al contratista.
Licencias
9. Las licencias, permisos, tasas o impuestos que se tengan que solicitar o pagar para la realización de las obras serán por cuenta del contratista.
Subcontratación
10. El contratista podrá subcontratar en todo o en parte la realización de los trabajos contratados por el cliente.
Responsabilidad
11. El contratista se hace responsable de los daños que le puedan ser imputables en concepto de responsabilidad civil, reservándose el derecho a ejercer las acciones que le correspondan cuando haya sido perjudicado por el mismo concepto.
El contratista está al corriente de pago de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y con sus propios trabajadores, asumiendo la responsabilidad de las obligaciones derivadas de la relación laboral con su personal contratado o encargado para la realización de la obra de reforma.
El contratista será responsable de cualquier riesgo respecto de la obra de reforma objeto de este contrato que se produzca por su negligencia injustificable.
El contratista no es responsable de los imprevistos que puedan surgir en el transcurso de las obras, ni de las instalaciones que no fueran visibles ni comprobadas antes de la firma de este contrato, tales como: humedad de paredes, filtraciones de agua, conductos subterráneos, desguaces, conducciones eléctricas subterráneas, aislamientos, pozos, dureza de terrenos, cambios de lugar de contadores eléctricos y de gas sin el debido permiso de las respectivas compañías contratadas por el cliente o desniveles de tierras y paredes en el ajuste de muebles.
Finalización
12. El contrato podrá resolverse o solicitar su terminación por cualquiera de los contratantes sin esperar a su vencimiento, por alguna causa justificada, realizado un preaviso, por escrito con 15 días de antelación. Si la finalización del contrato es por un incumplimiento del mismo, los gastos que se ocasionen correrán por cuenta de quien haya incumplido sus obligaciones.
Firma electrónica
13. Al usar la funcionalidad de e-sign para los contratos electrónicos creados en la plataforma de Rocket Lawyer, las partes acuerdan que este contrato es la copia original y que les vincula legalmente. Las partes recibirán un e-mail cuando este contrato haya sido firmado y formalizado por las mismas, sirviendo como prueba de su completa validez legal.
Y como prueba de lo acordado, ambos firman este contrato por duplicado, en el lugar y fecha indicados.
Firma del contratista
_________________________________ | _________________________________ |
Fecha de la firma |
Firma del cliente
_________________________________ | _________________________________ |
Fecha de la firma |
Sobre el Contrato de obras de reforma
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Cómo hacer un Contrato de obras de reforma
Crear un Contrato de obras de reforma es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear tu Contrato de obras de reforma será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos de las partes contratantes
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¿Quién contrata la empresa de reformas?
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¿Cuál es la empresa de reformas?
Datos sobre la reforma
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¿Dónde se va a realizar la obra de reforma?
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¿En qué consiste la obra de reforma que se va a realizar?
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¿Se adjunta plano de la reforma a realizar?
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¿Quién pondrá los materiales para realizar la obra de reforma?
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¿Cuál es el precio de la obra?
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¿Cuándo comienza y finaliza la obra de reforma?
Datos sobre el contrato de reforma
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¿Qué pagos se realizarán durante la reforma?
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¿Se penalizará a la empresa de reformas si se retrasa?
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Términos frecuentes en el Contrato de obras de reforma
- Empresa contratista / de reformas: Es la sociedad creada con el fin de realizar obras de construcción, mejoras o modificaciones en la distribución de inmuebles destinados a vivienda o a local, siguiendo un proyecto aprobado por un técnico habilitado, poniendo los medios técnicos y humanos necesarios.
- Reforma: Es la modificación en la distribución o la realización de mejoras estructurales en el inmueble que sirve de vivienda habitual, local u oficina, que puede incluir labores de construcción o derribo de elementos arquitectónicos, que solo puede realizarse una vez se haya aprobado una licencia de obras por el Ayuntamiento.
- Licencia de obra: Es la autorización emitida por el Ayuntamiento del municipio donde se va a realizar la obra, para iniciar la construcción. El solicitante debe aportar una memoria de la finalidad y el uso de las obras y un proyecto aprobado por un arquitecto.
- Subcontratación: Consiste en la contratación por la empresa de obras y reformas con otra empresa dedicada a la misma actividad, para cubrir las necesidades de plantilla o dedicarse a tareas específicas.
- Vencimiento: Es la fecha en la que se estima que la obra va a quedar finalizada y por tanto el contrato deja de surtir efectos entre las partes contratantes, cesando sus derechos y obligaciones; a menos que las partes acuerden una prórroga o firmen un nuevo contrato.
- Plazo de preaviso: Es el periodo de tiempo que se concede a las partes para comunicar una rescisión del contrato o una prórroga del mismo y, en caso de incumplirlo, la parte perjudicada puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios.
Si desea que su Contrato de obras de reforma incluya disposiciones adicionales o más detalladas, puede editar su documento. Sin embargo, si hace esto, es posible que desee que un abogado revise el contrato por usted (o que haga los cambios por usted) para asegurarse de que su contrato modificado cumple con todas las leyes pertinentes y satisface sus necesidades específicas. Use el servicio de Rocket Lawyer Pregunta a un abogado.
FAQ’s sobre el Contrato de obras de reforma
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¿Qué debe incluir un Contrato de obras de reforma?
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la descripción de las obras que se tienen que realizar.
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si hay proyecto del algún técnico.
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el presupuesto de las obras.
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la forma y plazos de pago.
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el inicio y finalización de los trabajos de reforma.
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el seguro de responsabilidad civil para cubrir los riesgos de la obra.
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las obligaciones del cliente.
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la posibilidad de subcontratar otros profesionales.
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las modificaciones y ampliación de los trabajos de reforma.
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la indemnización por de obra en el retraso de entrega de las obras.
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las causas o motivos de resolución y finalización del contrato.
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el suministro o no de materiales.
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las garantías por los trabajos realizados.
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¿Cómo describo las obras que tengo que hacer?
Si para hacer la obra, el cliente ha contratado a un arquitecto y te ha entregado un proyecto o un plano de obra, tendrás que hacer las obras como te indiquen. Adjunta como anexo este proyecto o este plano. Y si no tienes un proyecto ni ningún documento o plano de obra que te haya entregado el cliente, nuestro consejo es que reflejes en un documento a parte todas las obras que vas a realizar, con las mediciones si es posible, o los planos y los materiales que vas a utilizar si los suministras tú.
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¿Cómo fijo el precio del contrato?
Si son varias obras o reformas las que vas a hacer, te aconsejamos, que aunque hayas pactado un precio final y fijo con el cliente, incluyas un presupuesto con todos los precios desglosados e individualizados por cada partida o trabajo de reforma que se va a realizar.
Así, si por cualquier circunstancia no se hace algún trabajo en concreto, con restar o descontar esa partida o trabajo del precio, podrás exigir el resto del precio de forma sencilla.
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¿Qué forma de pago elijo?
Acuerda que el pago se realice en diferentes plazos. Generalmente se suele pactar una entrega a la firma del contrato, y el resto según se vayan haciendo partes de las obras, normalmente al inicio, a la mitad y al final de la obra. Esta es la forma de pago incluida en el contrato.
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¿Qué pasa si el cliente solicita que se hagan más trabajos?
Si el cliente pide alguna modificación o variación de los trabajos reformados, asegúrate de que amplias el plazo de entrega de las obras, y el precio de los nuevos trabajos. Aunque en nuestro contrato, ya se incluye una cláusula específica de prórroga o retraso de los plazos por modificación de los trabajos de reforma por el cliente. También puedes firmar un nuevo contrato con las variaciones o modificaciones de la obra que vas a hacer, los nuevos plazos y el nuevo presupuesto que tiene que aceptar el cliente.
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¿Tengo que suministrar los materiales?
En el contrato se acuerda quién pone los materiales de la reforma. Si tienes que ponerlos tú como empresario que va a ejecutar la obra, fija unas calidades específicas y describe correctamente los materiales que vas a emplear, marca, diseño, modelo, etc..en el presupuesto, cuanto mejor estén especificados y descritos los materiales que tienes que suministrar, menos problemas existirán.
Si son varios los materiales que se suministran o son todos los de la obra, descríbelos en el presupuesto que debes adjuntar como Anexo, y en en el que describes las obras y reformas que vas a hacer.
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¿Puede subcontratarse a otras empresas o personas para que hagan algunos trabajos?
Si tu empresa o tú no vais a hacer todos los trabajos contratados, asegúrate que incluyes en tu contrato la posibilidad de poder subcontratar a otras empresas o profesionales para que hagan parte de los trabajos o reformas contratadas.
Nuestra Garantía de Calidad
Garantizamos que nuestro servicio es seguro y que los documentos firmados de Rocket Lawyer son legalmente ejecutables bajo la legislación española.
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