Contrato de arrendamiento de finca rústica
Lo que incluimos
¿Qué es un contrato de arrendamiento de finca rústica?
Es el acuerdo que recoge la cesión del propietario de unos terrenos rústicos de su propiedad a un inquilino para que realice actividades de explotación de tipo agrícola, ganadero o forestal, a cambio de un precio. El tercero podrá ser un agricultor profesional, una empresa (incluidas las Sociedades Agrarias de Transformación) o una cooperativa. Todos los productos obtenidos como resultado de las actividades de explotación serán para el arrendatario.
¿Cuándo se usa un contrato de arrendamiento de finca rústica?
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Si tienes en tu propiedad terrenos rústicos que hayas heredado o comprado y estás pensando en arrendarlos para la explotación de los mismos a cambio de una renta.
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Si te dedicas o te quieres dedicar a la labor agrícola, ganadera o forestal o tienes una empresa o cooperativa que realiza dichas actividades y quieres llevarlas a cabo en un terreno alquilado.
Ejemplo del Contrato de arrendamiento de finca rústica
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Sobre el Contrato de arrendamiento de finca rústica
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Cómo hacer un Contrato de arrendamiento de finca rústica
Crear un contrato de arrendamiento de finca rústica es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear tu contrato de arrendamiento será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos del arrendador y del arrendatario
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¿Quién es el arrendador?
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¿Quién es el arrendatario?
Datos de la finca rústica
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¿Cuáles son los datos registrales de la finca?
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¿Cuál es la dirección de la finca?
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¿Cuáles son las lindes de la finca?
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¿La finca incluye alguna vivienda?
Datos del contrato de arrendamiento
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¿Cuándo comienza el contrato de arrendamiento?
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¿Qué duración tendrá el contrato?
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¿Cuál es el periodo de prórroga?
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¿Cuál será el precio y la forma de pago?
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¿Se va a actualizar el precio anualmente?
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¿Qué actividad se va a realizar en la finca?
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¿Cuál es el plazo de preaviso antes de finalizar el contrato?
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¿Se puede subarrendar la finca rústica?
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Términos frecuentes en el contrato de arrendamiento de finca rústica
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Propietario o arrendador: Persona o empresa dueña de la finca rústica que se va a arrendar, cuyo título está inscrito en el Registro de la Propiedad y que tiene derecho de disponer de su propiedad dentro de los límites que marca la ley.
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Inquilino o arrendatario: Persona que va a utilizar la finca rústica para su explotación agrícola, ganadera o forestal, obteniendo los frutos del trabajo de la misma.
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Finca rústica: Es el terreno destinado a la explotación agrícola, ganadera o forestal por un particular o una cooperativa, que puede incluir construcciones destinadas a vivienda o al almacenamiento de los frutos obtenidos de las tierras.
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Precio de arrendamiento: Es el importe fijado por el propietario, a pagar de forma periódica (mensual, trimestral, bienal…), que deberá abonar el arrendatario en el plazo fijado en el contrato, que usualmente será la primera semana de cada mes.
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Fianza: Es un medio de garantía que debe ser pagado al propietario como seguro frente a posibles daños o desperfectos ocasionados en la vivienda por el inquilino. Es de carácter obligatorio, su importe será de una mensualidad de arrendamiento y siempre deberá abonarse en metálico.
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Aval: Es un medio de garantía de pago aportado por el inquilino, que consiste en que una tercera persona (avalista) pagará el arrendamiento en caso de que el inquilino no pueda hacerlo por insolvencia. Para formalizar el aval es necesario que el futuro avalista acepte expresamente la petición del inquilino, ya sea por escrito o verbalmente.
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FAQ’s sobre el Contrato de arrendamiento de finca rústica
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¿Qué debe incluir un contrato de arrendamiento de finca rústica?
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Datos del propietario y del arrendatario.
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Descripción de la finca.
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Datos registrales de la finca.
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Duración del contrato de arrendamiento.
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Título por el que se adquirió la finca (compra o herencia).
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Precio de la finca, periodicidad y forma de pago.
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Obras y reparaciones.
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Atribución de los gastos de la finca.
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¿Por qué es importante un contrato de arrendamiento de finca rústica?
Es importante firmar en un contrato el acuerdo entre el inquilino y el propietario para que queden reflejados todos sus derechos y obligaciones durante el tiempo que dure el contrato. Te ayudará a no tener problemas, evitar molestias posteriores y malentendidos.
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¿Qué duración tiene el contrato?
La duración del contrato será la que fijen las partes de común acuerdo y, en caso de que no hayan pactado, será de 5 años, renovable por otros 5 años.
El propietario podrá recuperar la finca al término del contrato si avisa con un año de antelación.
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¿El arrendatario tiene que pagar una fianza?
La ley no establece ninguna obligación de depositar fianza en el caso de arrendamientos rústicos, por lo que el propietario y el arrendatario pueden pactar un depósito o cualquier otro tipo de garantía libremente. En este caso, deben reflejar en el contrato que se ha abonado una cantidad como depósito o fianza y el importe de la misma, así como la obligación del propietario de devolverla una vez finalizado el arrendamiento.
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¿El propietario debe hacer factura de pago de la renta?
Los contratos de arrendamiento para uso distinto al de vivienda, como es el caso del arrendamiento de finca rústica, están sujetos a IVA. Por tanto, el propietario deberá presentar factura del pago de la renta al arrendatario.
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¿Qué obligaciones tiene el propietario?
El propietario debe garantizar que la finca está libre de cargas y gravámenes, así como realizar las obras y reparaciones necesarias para dejar la finca en condiciones adecuadas para el inicio de la actividad agrícola, ganadera o forestal. Costeará los gastos necesarios para mantener la finca en buen estado.
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¿Se pueden exigir garantías adicionales?
El propietario tiene la posibilidad de exigir garantías adicionales como por ejemplo, un aval personal o bancario o un depósito en metálico. También cabe la posibilidad de que el propietario contrate un seguro de impago del arrendamiento.
Mediante un aval bancario, el banco garantiza el pago de la renta pactada en el contrato, para el caso en que el inquilino no pague. El importe del aval suele situarse entre los 3 y los 6 meses de alquiler.
Si el arrendatario es una empresa, los socios podrían firmar el contrato como avalistas personales de forma que responderán personalmente con su patrimonio en caso de incumplimiento.
El depósito en metálico es una cantidad de dinero que el inquilino entrega en el momento de la firma del contrato en garantía del cumplimiento de sus obligaciones. El importe del depósito suele variar en la práctica entre 3 y 6 mensualidades del alquiler. La ventaja de este depósito es que al quedar en poder del propietario, que deberá devolverlo cuando finalice el contrato y el inquilino haya cumplido sus obligaciones, no produce gastos financieros como sucede con el aval bancario.
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