Todos los socios tienen derecho a asistir a las reuniones de la junta general. Pueden asistir personalmente o representados por alguna persona. Si quieres saber quién puede representar a los socios y cómo, consulta nuestra guía rápida Autorización representación junta.
Los administradores de la sociedad tienen que asistir a la reunión de los socios, y en algunas ocasiones, se puede autorizar a otras personas como los auditores de cuentas, si la sociedad ha contratado a uno, o los gerentes y directores. Los Notarios también pueden asistir a la junta, si se lo ha requerido la sociedad o algún socio con la autorización del presidente.