En el impuesto sobre la renta de las personas físicas, la venta de un inmueble a cambio de una cantidad de dinero, supondrá que deberás incluir en tu declaración anual una ganancia o una pérdida patrimonial. Se calculará por la diferencia entre el valor de venta y el precio por el adquiriste el inmueble.
Para calcular el valor de adquisición se suman:
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el importe real de la compra
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el coste que hayas tenido en el inmueble de inversiones y mejoras (obras)
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los gastos e impuestos que pagaste en la compra
Para calcular el valor de venta o transmisión se suman:
El precio real que has acordado en la venta.
Y se restan los gastos y tributos que hayas pagado en la venta.
Si el inmueble que vendes, hubiera estado en tu patrimonio antes de 31 de diciembre de 1994 podrías aplicar una rebaja a las ganancias patrimoniales que se hubieran producido.