No, la venta o transmisión de acciones no es necesario que se inscriba en el Registro Mercantil.
Solo será necesario que inscribas tu escritura de compraventa de acciones si al comprarlas te conviertes en el dueño de todas las acciones de la sociedad, en ese caso, tu sociedad se convertirá en una sociedad anónima unipersonal y tendrás que comunicarlo al Registro Mercantil.
Si se trata de la transmisión de acciones representadas en cuenta, la misma tendrá lugar por transferencia contable y estará sujeta a un régimen específico, cuya aplicación presupone la previa inscripción de las acciones en el registro contable de anotaciones en cuenta. Hasta que la inscripción no se produzca, la transmisión de las acciones llamadas a representarse mediante anotaciones -que no tendrían hasta entonces la consideración de valores mobiliarios- solo se podría llevar a cabo de acuerdo con las normas sobre cesión de créditos y demás derechos incorporales.