CRÉALO GRATIS Contrato de trabajo de alta dirección
Lo que incluimos
¿Qué es un Contrato de trabajo de alta dirección?
El contrato de alta dirección es un pacto que regula la relación laboral que se establece entre la empresa y un Director general o de operaciones.
¿Cuándo se usa un Contrato de trabajo de alta dirección?
Utiliza este modelo cuando quieras contratar a un directivo que dirija tu empresa, o cuando quieras promocionar a uno de tus empleados para nombrarle Director General.
Ejemplo del Contrato de trabajo de alta dirección
Los términos de tu documento se actualizarán en función de tus respuestas
CONTRATO DE TRABAJO DE ALTA DIRECCIÓN
INTERVIENEN
(1) (que en este contrato se llama << el empresario>>); y
(2) , con domicilio en , y con nº , con número de afiliación a la seguridad social , (que en este contrato se llama << el directivo>>);
Afirman que tienen la capacidad necesaria para firmar y quedar obligados por este contrato y
EXPONEN
1. Que el empresario quiere contratar a un profesional con capacidad y experiencia adecuadas para llevar a cabo la dirección general de su empresa y el directivo reúne las condiciones necesarias para desempeñar el puesto de trabajo ofrecido.
2. Que ambos están interesados en realizar este CONTRATO LABORAL DE ALTA DIRECCIÓN que se regulará por lo previsto en el Real Decreto 1382/1985 de 1 de agosto y, en especial, por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto
El directivo ocupará el puesto de Director General y asumirá los poderes relativos a la titularidad de la empresa conforme a los objetivos generales de ésta, actuando con autonomía y plena responsabilidad bajo el criterio y las instrucciones directas del empresario.
Al directivo le serán dados los poderes y las facultades que el empresario considere necesarios para el desarrollo de dichas funciones.
Duración
La duración del presente contrato será , comenzando la relación laboral el día .
Tiempo de trabajo
El directivo desarrollará sus funciones dentro de la jornada laboral del empresario, con flexibilidad en el ejercicio de sus funciones y sin sujeción estricta al horario general aplicable.
El directivo disfrutará de un periodo de vacaciones pagadas de días laborables al año. Las fechas de disfrute de las vacaciones serán fijadas de común acuerdo y teniendo en cuenta en todo caso las necesidades de la empresa.
Lugar de trabajo
El directivo ejercerá sus funciones en las instalaciones del empresario situadas en , donde dispondrá del correspondiente despacho y servicio de ayuda administrativa.
Deberá realizar cuantos traslados temporales y viajes sean necesarios, dentro de España y al extranjero, para desempeñar correctamente sus funciones y cometidos.
Sueldo
El directivo recibirá un sueldo fijo de € brutos anuales.
El directivo no participará en los sistemas de retribución variable.
El directivo no recibirá ningún tipo salario en especie.
Dietas
Los gastos de viaje, desplazamientos o dietas del directivo en el desempeño de sus funciones, serán exclusivamente de cuenta del empresario, que procederá a pagarlos al mes siguiente de la presentación de los justificantes correspondientes, siempre que sean razonables. En el supuesto de que el directivo no presente los justificantes, el empresario quedará liberado de su pago.
Confidencialidad
Tanto durante el periodo de prestación de sus servicios para el empresario como una vez terminado el Contrato de Alta Dirección por cualquier causa, el directivo no podrá facilitar, revelar o suministrar a nadie, ya sea directa o indirectamente, ninguno de los datos, ideas, documentos, secretos, procedimientos, métodos o, en general, información, relativos a finanzas, negocios, asuntos y actividades del empresario, sus respectivos trabajadores, profesionales y órganos de administración, así como de sus clientes, proveedores o terceras personas físicas o jurídicas relacionadas con los mismos, de la que pueda tener conocimiento por razón de su trabajo para el empresario, excepto la que resulte estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Contrato de Alta Dirección o bien tenga carácter público.
No podrá directa o indirectamente, individualmente o a través de otra persona física o jurídica, utilizar dicha información para su propio beneficio, o beneficio de terceros.
Extinción del contrato
Para los supuestos de extinción del contrato, deberán seguirse los siguientes criterios:
a) Si la relación laboral se termina por desistimiento (renuncia) del empresario, éste deberá notificar con un plazo mínimo de 3 meses al directivo su decisión de terminación. En este caso, el directivo tendrá derecho a una indemnización equivalente a .
Si el empresario incumpliera el plazo de aviso de terminación mencionado, deberá indemnizar al directivo con una indemnización equivalente a las mensualidades correspondientes al tiempo incumplido de plazo de preaviso.
b) Si la extinción de la relación laboral especial se lleve a cabo por desistimiento (renuncia) o voluntad del directivo, éste deberá dar un aviso de 3 meses al empresario y, terminada su relación laboral, no percibirá indemnización de ninguna clase, al deberse dicha extinción a su propia voluntad o desistimiento.
Si el directivo resolviera la relación laboral sin avisar al empresario, deberá indemnizarle con una cantidad equivalente a los salarios correspondientes a la duración del periodo incumplido.
c) Si la resolución del contrato se produce a petición del empresario por causa del incumplimiento de las obligaciones del directivo (despido), no necesitará avisarle previamente, aunque el directivo podrá recurrir o impugnar la extinción ante los tribunales. En caso de que el despido se declare improcedente, tendrá derecho a una indemnización equivalente a 20 días de salario en metálico por año de servicio y hasta un máximo de 12 mensualidades.
Legislación aplicable
En todo lo que no esté previsto en este contrato se aplicará la legislación vigente que resulte de aplicación, y particularmente lo dispuesto por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.
Jurisdicción
Todas las disputas y reclamaciones derivadas de este contrato se resolverán por los juzgados y tribunales españoles.
Comunicación del contrato
El contenido de este contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo competente en el plazo máximo de los 10 días siguientes a su firma.
Y como prueba de lo acordado firman este contrato por duplicado.
Fdo. El empresario
Fdo. El directivo
_________________________________ | _________________________________ |
Fecha de la firma |
Sobre el Contrato de trabajo de alta dirección
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Cómo hacer un Contrato de trabajo de alta dirección
Crear un Contrato de trabajo de alta dirección es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear tu contrato será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos de las partes contratantes
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¿Cuál es la empresa contratante?
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¿Quién es el alto directivo?
Datos sobre el puesto de trabajo
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¿Dónde va a trabajar el directivo?
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¿El directivo trabajaba como empleado de la empresa?
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¿Qué día empezará a trabajar el directivo?
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¿Cuál es el sueldo fijo anual bruto?
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¿Cuántos días de vacaciones tendrá el directivo?
Datos sobre el contrato de trabajo
- ¿El contrato es de duración indefinida o temporal?
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¿Se pacta un periodo de prueba?
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¿El directivo podrá trabajar a la vez para otras empresas?
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¿Se va a incluir una cláusula de no competencia postcontractual?
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Términos frecuentes en Contrato de trabajo de alta dirección
- Administración de la sociedad: La estructura del órgano de administración se fijará en los Estatutos de la sociedad, pudiendo recaer en un administrador único, en varios administradores que actúen solidariamente, varios administradores que actúen conjuntamente o en un consejo de administración. Tendrá funciones de gestión y representación de la sociedad y su número será no inferior a 3 miembros, para las Sociedades Anónimas, y entre 3 y 12 para las Sociedades Limitadas.
- Exclusividad: Es el compromiso que asume el empleado con la empresa de no prestar servicios en ninguna otra compañía, sea o no de la competencia, por cuenta ajena o por cuenta propia, mientras dure su contrato.
- No competencia: Es el compromiso del empleado de no entrar en una empresa competidora en un plazo de tiempo a contar desde que se haya extinguido el contrato o a realizar actividades por cuenta propia iguales a las realizadas con la empresa contratante.
- Desistimiento: Es la decisión de una de las partes contratantes de dejar de asumir los derechos y obligaciones fijados en el contrato, debiendo abonar una indemnización por daños y perjuicios en caso de que así se hubiera pactado.
- Plazo de preaviso: Es el periodo de tiempo que tiene la parte que quiera desistir del contrato para comunicarle a la contraria su intención de no continuar con el mismo. El incumplimiento de este plazo puede dar derecho de indemnización a la parte perjudicada.
- Indemnización: Es la compensación monetaria a cobrar por la parte perjudicada en caso de que la contraria hubiera incumplido alguno o varios términos del contrato, como el tiempo de preaviso o el hecho de trabajar para una empresa de la competencia.
Si desea que su Contrato de trabajo de alta dirección incluya disposiciones adicionales o más detalladas, puede editar su documento. Sin embargo, si hace esto, es posible que desee que un abogado revise el contrato por usted (o que haga los cambios por usted) para asegurarse de que su contrato modificado cumple con todas las leyes pertinentes y satisface sus necesidades específicas. Use el servicio de Rocket Lawyer Pregunta a un abogado.
FAQ’s sobre Contrato de trabajo de alta dirección
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¿Qué debe incluir un Contrato de trabajo de alta dirección?
Este modelo de contrato de alta dirección contiene:
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identificación de la empresa y del directivo
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funciones del directivo
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duración del contrato
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tiempo y lugar de trabajo
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retribución y dietas
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régimen de exclusividad
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extinción del contrato
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régimen de promoción interna
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¿Qué se entiende por Alto Directivo?
Se consideran Altos Directivos a los trabajadores que ejercitan poderes relativos a la titularidad de la empresa y relacionados con los objetivos generales de la misma. Debe tener autonomía, plena responsabilidad, y estar solo limitado por las instrucciones dadas por el órgano de administración de la empresa (su jefe directo es el administrador de la empresa).
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¿Cuál puede ser la duración del contrato?
El contrato del alto directivo puede tener la duración que la empresa y el directivo acuerden: puede ser indefinido (sin fecha fija de finalización) o por un tiempo determinado (p.e. por 1 año, por 6 meses, etc.).
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¿Qué jornada y horario tendrá el directivo?
Los altos directivos tienen un régimen de jornada más flexible que el resto de los empleados de la empresa, debido a la particularidad y a la importancia de las funciones que realiza.
En relación con el horario, las vacaciones y los permisos solo existe un límite: no puede ser mucho más perjudicial para el directivo de lo que se considera usual en ese ámbito profesional.
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¿El alto directivo puede trabajar a la vez para otras empresas?
El alto directivo no puede celebrar contratos de trabajo para otras empresas, salvo autorización del empleador o pacto en contrario que se lo permita.
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¿Qué ocurre si el alto directivo es un antiguo empleado de la empresa que ha ascendido?
Son frecuentes los casos en los que un empleado de la empresa, con una relación laboral común, promociona internamente y se convierte en Director General. En ese momento, es necesario formalizar un nuevo contrato (el contrato de trabajo de alta dirección). En ese contrato debe aclararse qué ocurre con la relación laboral anterior. Existen dos opciones:
La primera de ellas, más favorable para el empleado, es pactar que la relación laboral anterior se suspenda. En estos casos, si la relación laboral de alta dirección se extingue, el contrato de trabajo ordinario anterior se puede reanudar: el directivo tiene la opción de volver a su antiguo puesto. No se tendrá derecho de reanudar la relación laboral anterior cuando haya existido un despido procedente del directivo.
La segunda opción es pactar que la relación de alta dirección sustituya a la relación laboral anterior. En estos casos, el directivo no podrá volver a su antiguo puesto. Si escogéis esta opción, tienes que tener en cuenta que, por ley, los efectos comenzarán una vez hayan transcurrido dos años desde la firma del contrato de alta dirección (durante los dos primeros años, los efectos serán idénticos a los de la suspensión). Se trata de una medida de “protección” del empleado que es promocionado a directivo (para evitar que se le contrate como directivo y en un espacio breve de tiempo se le despida, perdiendo la indemnización a la que tenía derecho como empleado ordinario).
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¿Cómo puedo extinguir el contrato de alta dirección?
A diferencia de en los contratos ordinarios, en los contratos de altos directivos tanto el directivo como el empleador tienen la posibilidad de desistir (finalizar el contrato sin necesidad de justificar la causa). En estos casos, ambos deben preavisar con un mínimo de 3 meses o de 6 en casos de contratos indefinidos o superiores a 5 años. Si el empleador desiste, el directivo tendrá derecho a la indemnización que pacten, que será como mínimo de 7 días de salario en metálico por año de servicio, con el límite de 6 mensualidades.
Si ha existido un incumplimiento grave y culpable por parte del directivo, el empleador puede despedirle, sin preaviso ni indemnización alguna. Si el directivo impugna el despido y se declara improcedente, tendrá derecho a la indemnización pactada, que será como mínimo de 20 días de salario en metálico por año de servicio y hasta un máximo de doce mensualidades.
Nuestra Garantía de Calidad
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