Convocatoria de junta general extraordinaria
Lo que incluimos
¿Qué es una Convocatoria de junta general extraordinaria?
Cuando tengas que convocar una junta de socios, asegúrate que incluyes todo lo necesario para que los socios reciban la convocatoria a tiempo y conozcan con exactitud todos los acuerdos que se van a discutir y votar en la junta. Realizar una convocatoria fuera de plazo o sin incluir todos los acuerdos de forma clara y precisa puede provocar la nulidad e invalidez de la junta.
¿Cuándo se usa una convocatoria de junta general extraordinaria?
Necesitas redactar el anuncio de la convocatoria a la junta extraordinaria siempre que quieras convocar una junta de tu sociedad:
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Cuando lo estimes conveniente como administrador de la sociedad.
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Cuando lo soliciten un número de socios que representen, al menos, el 5% del capital social.
Sobre la Convocatoria de junta general extraordinaria
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Cómo hacer una Convocatoria de junta general extraordinaria
Crear una Convocatoria de junta general extraordinaria es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear tu Convocatoria de junta general extraordinaria será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos de la sociedad
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¿Cómo se llama la sociedad?
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¿Qué tipo de órgano de administración tiene la sociedad?
Datos sobre la junta
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¿Dónde se celebrará?
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¿Cuándo se celebrará?
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¿Cuál es el ejercicio social en curso?
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¿Cuándo cierra el ejercicio social?
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Términos frecuentes en la Convocatoria de junta general extraordinaria
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Socios: Son los particulares o empresas que han comprado una parte del capital social, dividido en participaciones (si se trata de una Sociedad Limitada) o de acciones (si se trata de una Sociedad Anónima). Tendrán una capacidad de decisión en las Juntas en proporción al porcentaje que tengan sobre el capital. Por ejemplo, si en una Sociedad Anónima uno de los socios posee un 15% de las participaciones de la empresa, su voto tendrá un peso del 15% en la votación.
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Ejercicio: Es el periodo de tiempo en el que se realizan las operaciones de la empresa, que coincide con el año natural, comenzando el 1 de enero y terminando el 31 de diciembre, fecha en la que se realiza el cierre del ejercicio a efectos contables.
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Administración: Es el órgano que se encarga de la gestión y representación de la empresa, así como de la ejecución de los acuerdos de la junta de socios. Puede estar formada por un solo administrador (administrador único), varios administradores solidarios, varios administradores mancomunados o por un consejo de administración.
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Convocatoria: Es el anuncio oficial en el que se llama a los socios de la empresa a reunirse en Junta en una fecha y lugar determinados, para tratar uno o varios asuntos de interés de la sociedad y adoptar un acuerdo por medio de una votación. La convocatoria corresponde a los administradores de la Junta, por iniciativa propia o de un número de socios que represente al menos un 5% del capital social.
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Junta general de socios: Es la reunión en la que se toman las decisiones que afectan a la empresa, donde participan todos aquellos que posean acciones o participaciones de la misma. En esta Junta se discutirán los asuntos propuestos en el orden del día y se votarán las propuestas por la mayoría que corresponda. Puede ser:
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Ordinaria: Debe celebrarse obligatoriamente dentro de los primeros 6 meses del año en curso, para aprobar las cuentas anuales, el resultado del ejercicio o hacer un seguimiento de la gestión de la empresa. Solo podrán convocar los administradores de la sociedad.
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Extraordinaria: Para tratar asuntos no relacionados con los que se tratan en la junta ordinaria, puede convocarse por los administradores de la sociedad o por los socios que representen, al menos, un 5% del capital social.
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Participaciones: Son las partes en las que se divide el capital social de una sociedad limitada, con el mismo valor nominal por cada serie. La transmisión es más restringida que en el caso de las acciones, debiendo aprobarse por mayoría en una junta de socios. Quienes han comprado participaciones pasan a ser socios de la empresa, siendo mayor el porcentaje de voto del socio cuanto mayor sea su participación en el capital social.
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Adopción de acuerdos: Según el asunto que haya motivado la celebración de la junta, la mayoría para adoptar un acuerdo será distinta: si se trata de una Sociedad Limitada, votarán por mayoría extraordinaria todos los acuerdos, salvo los que se refieran a las modificaciones de capital o de los estatutos sociales.
Si desea que su convocatoria incluya disposiciones adicionales o más detalladas, puede editar su documento. Sin embargo, si hace esto, es posible que desee que un abogado revise el documento por usted (o que haga los cambios por usted) para asegurarse de que cumple con todas las leyes pertinentes y satisface sus necesidades específicas. Use el servicio de Rocket Lawyer Pregunta a un abogado.
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FAQ’s sobre Convocatoria de junta general extraordinaria
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¿Qué debe incluir una Convocatoria de junta general extraordinaria?
En el anuncio de convocatoria de la junta general o en la comunicación individual si la remites a los socios, se tiene que indicar:
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Nombre de la sociedad.
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Fecha y hora de la reunión o celebración de la junta.
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Orden del día completo.
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Si la convocatoria es para la modificación de los estatutos, es muy importante, que hagas mención al derecho de información que tiene el socio de examinar y de que se le envíen los documentos de los que se va a hablar en la junta.
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El cargo de la persona o personas que realicen la convocatoria (Administrador, consejero delegado...)
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El lugar de la celebración de la junta, si es distinto al del domicilio social. Normalmente las juntas se celebran en el domicilio de la sociedad, pero si por cualquier cuestión se decide celebrar en otro lugar, asegurate que lo escribes bien en el anuncio.
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La firma y cargo de la persona que hace la convocatoria, y fecha del anuncio.
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¿Cuál debe ser el orden del día?
Son todos los asuntos o los temas que se van a tratar en la junta, y es importante que se haga de forma clara y precisa. Ten presente, que lo que no esté en el orden del día no se podrá tratar ni votar en la junta, salvo para la separación (cesar) de administradores o exigirles responsabilidad por su actuación.
Por eso, te aconsejamos que el orden del día lo escribas con claridad, (no puede ser genérico como “asuntos varios”, etc.), tendrás que indicar por ejemplo “aprobación de cuentas anuales”, y ten especial cuidado si vas con la modificación de estatutos, indica claramente “cambio de domicilio”, “cambio de denominación social”, etc.
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¿Quién tiene que realizar el anuncio de la convocatoria?
El anuncio de la convocatoria lo tiene que hacer el órgano de administración, bien porque se trate de una junta obligatoria, extraordinaria para tratar cualquier asunto de la sociedad, o porque lo hayan solicitado socios que representen al menos el 5% del capital social.
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¿Con qué antelación tengo que enviar la convocatoria?
Tienes que enviar o publicar la junta con una antelación mínima de 15 días a la celebración de la junta. Y el día de inicio será el día que la publiques si la convocatoria se hace por el BORME o por la página web de la sociedad, y si la envías por correo a cada socio los 15 días empezarán a contar desde el día que la remitas al último socio.
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