Usufructo de vivienda
Lo que incluimos
¿Qué es el contrato de usufructo de vivienda?
El contrato de constitución de usufructo es el documento legal mediante el que el propietario transmite al usufructuario el uso y disfrute de una finca o vivienda de su propiedad, esto es, el derecho a habitarlo. Como regla general, no se constituye a cambio de un precio, si bien se puede establecer alguna fianza como garantía de la devolución del inmueble en perfectas condiciones, una vez terminado.
¿Cuándo se usa un Contrato de usufructo de vivienda?
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Los datos de identificación del propietario y del usufructuario.
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La identificación del inmueble y los datos que figuran en el Registro de la Propiedad.
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Si se cede a título gratuito.
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La cuantía de la fianza.
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La duración y las causas de finalización del usufructo.
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Los derechos y obligaciones de las partes contratantes.
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La elevación del contrato a escritura pública mediante Notario.
Sobre el Usufructo de vivienda
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Cómo hacer un contrato de usufructo de vivienda
Crear un contrato de usufructo de vivienda es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear tu Usufructo de vivienda será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos de las partes contratantes
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¿Quién es el propietario?
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¿Quién es el usufructuario?
Datos de la vivienda
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¿Cuáles son los datos registrales de la vivienda?
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¿Cuál es la dirección de la vivienda?
Datos sobre el usufructo
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¿Es un usufructo temporal o vitalicio?
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¿Qué duración tiene el usufructo temporal?
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¿Qué obligaciones tiene el usufructuario?
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Términos frecuentes en el Usufructo de vivienda
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Usufructo: Es el derecho hacer uso y disfrute de un inmueble por una persona distinta del propietario, por un tiempo determinado (usufructo temporal) o bien durante toda la vida (usufructo vitalicio). Este derecho sólo podrá ser cedido por el propietario, esto es, la persona física o jurídica que lo haya adquirido y figure como titular en el Registro de la Propiedad. Esta cesión normalmente es gratuita, si bien se puede establecer alguna fianza.
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Propietario: Persona o empresa con pleno dominio sobre la vivienda, que figura como titular en el Registro de la Propiedad y con derecho a disponer de ella dentro de los límites de la ley.
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Usufructuario: Persona a quien se cede el uso y disfrute de un inmueble por parte del propietario, por un tiempo determinado o de forma indefinida, esto es, hasta el fallecimiento de alguna de las dos partes. Tiene la obligación de conservarlo y devolverlo en las mismas condiciones en que se le entregó.
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Pleno dominio: Se dice que una persona tiene el pleno dominio sobre un bien cuando concurren en el mismo derecho de nuda propiedad y el usufructo, esto es, el propietario figura como titular en el Registro de la Propiedad y además hace uso y disfrute del bien.
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Vivienda: Es el inmueble destinado a fines de residencia habitual de su propietario, de un inquilino o de un usufructuario.
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Elevar a escritura pública: Consiste en que el propietario y el usufructuario se reúnen frente a un notario para que compruebe que todos los términos del contrato usufructo son acordes a la ley y autorizarlo, para poder después inscribir el usufructo en el Registro de la Propiedad. Sin este trámite no se puede completar la compraventa.
Si desea que su Contrato de usufructo de vivienda incluya disposiciones adicionales o más detalladas, puede editar su documento. Sin embargo, si hace esto, es posible que desee que un abogado revise el contrato por usted (o que haga los cambios por usted) para asegurarse de que su contrato modificado cumple con todas las leyes pertinentes y satisface sus necesidades específicas. Use el servicio de Rocket Lawyer Pregunta a un abogado.
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FAQ’s sobre el usufructo de vivienda
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¿Qué debe incluir un Contrato de usufructo de vivienda?
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Los datos personales y la identificación del propietario y del usufructuario.
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La descripción de la vivienda que se cede en usufructo.
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La duración del usufructo.
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Si la vivienda tiene alguna carga como un embargo, hipoteca, etc.
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Si la vivienda tiene alguna deuda por gastos de comunidad de propietarios.
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La fecha de comienzo del usufructo.
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La fecha de firma de la escritura ante Notario.
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¿Qué gastos conlleva la constitución del usufructo?
Al usufructuario le corresponde tributar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, cuyo porcentaje es distinto en función de la Comunidad Autónoma donde se encuentre la vivienda o finca que se va a transmitir.
También le corresponderá abonar los gastos notariales y de inscripción en el Registro de la Propiedad.
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¿Qué derechos y obligaciones tiene el usufructuario?
El usufructuario tendrá acceso al uso y disfrute de la vivienda, incluidos sus muebles y enseres; durante el tiempo establecido en el contrato, así como a pedir del propietario las reparaciones y modificaciones que no deriven del mal uso o falta de cuidado. Tendrá la obligación de cuidar de la vivienda y todos los enseres que se encuentren en ella y de dejarla a disposición del propietario en condiciones adecuadas una vez haya finalizado el usufructo. Si se produce algún desperfecto o pérdida derivada del mal uso, deberá abonar los gastos correspondientes a su reparación o sustitución. En caso de que el propietario le autorice a arrendar una parte de la vivienda o de la finca, tendrá derecho a obtener la parte proporcional de la renta correspondiente.
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¿Qué derechos y obligaciones tiene el propietario?
El propietario del inmueble tiene la obligación de poner a disposición del usufructuario la vivienda o finca en las condiciones adecuadas para que éste ejerza su derecho. También tiene derecho a ser informado de cualquier acto que pueda perturbar el derecho de propiedad o de usufructo del inmueble y a percibir las rentas derivadas del alquiler una vez finalizado el usufructo.
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