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Registro de las actividades de tratamiento de datos

Registra los trabajos realizados por tu empresa sobre datos personales

Estás obligado a llevar un registro de los trabajos de tratamiento de datos personales de clientes o usuarios que realizas y de las que eres responsable.

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El Reglamento europeo te exige como responsable del fichero o del tratamiento que lleves un registro de las actividades que realizas para llevar a cabo el tratamiento de los datos personales de tus clientes y usuarios.

Están obligados, tanto, los responsables como los encargados del tratamiento de los datos personales. Esta obligación sustituirá a la registrar los ficheros de datos en la AEPD (Agencia española de protección de Datos).

 

Los responsables del fichero o del tratamiento,  o sus representantes, llevarán un registro con la siguiente información:

  • el nombre y los datos de contacto del responsable y, del corresponsable, del representante del responsable y del delegado de protección de datos

  • los fines del tratamiento

  • una descripción de las categorías de interesados y de las categorías de datos personales

  • las categorías de destinatarios a quienes se comunicaron o se comunicarán los datos personales, incluidos los destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales

  • las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional

  • los plazos previstos para la supresión o eliminación de categorías de datos, si fuera posible

  • una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad, si fuera posible

Los encargados del tratamiento o sus representantes, llevarán un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento que se hayan realizado por cuenta del responsable. La información de este registro será:

  • el nombre y datos de contacto del encargado y de cada responsable, por cuenta del cual, trabaje el encargado, y los respectivos responsables. También los datos del delegado de protección de datos

  • las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable

  • las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional

  • una descripción de las medidas técnicas y organizativas de seguridad

Ahora bien, si tu empresa tiene menos de 250 trabajadores, no será obligatoria la llevanza de estos registros, salvo que el tratamiento que se dé a los datos personales de clientes o usuarios pueda suponer un riesgo en los derechos y libertades de clientes o usuarios, es decir, se trate de datos especiales o sensibles (raza,opinión política, religión, afiliación política o sindical, datos de salud, vida sexual, condenas o infracciones penales).

 

Este tipo de registro y su información deberán constar por escrito, aunque se podrá usar un formato informático.

Tanto el responsable del fichero o del tratamiento, como el encargado del mismo, o sus representantes, están obligados a dar acceso a esta información cuando la Agencia de Protección de Datos u otro órganos de control autonómico, se lo solicite.

 

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