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La cesión del contrato de arrendamiento de vivienda

Cede tu alquiler de vivienda a otra persona

Como arrendatario o inquilino puedes estar pensando en ceder el contrato de arrendamiento. Por suerte, tenemos documentos y orientación para ayudarte a hacerlo legalmente.

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Si estás pensando en ceder el contrato de arrendamiento, antes debes tener en cuenta estas cosas.

  • ¿quieres ceder una vivienda o se trata de un local comercial o una oficina?

  • ¿es necesario que el propietario te dé permiso?

  • ¿cómo debes actuar?

Si has firmado un contrato de arrendamiento de vivienda, es necesario revisarlo antes de ceder o traspasar a otro. Si necesitas el consentimiento del propietario asegúrate de obtenerlo antes de hacer nada.

La cesión del contrato de arrendamiento de vivienda implica la transferencia por el arrendatario a otra persona del contrato de alquiler de la vivienda de forma que el contrato de alquiler sigue siendo el mismo, cambiando sólo la persona o personas arrendatarias (los inquilinos).


Si has firmado un contrato de alquiler de vivienda y quieres cederlo a un tercero debes tener en cuenta que no podrás hacerlo sin el consentimiento escrito del arrendador. Además, podrás percibir una cantidad económica por la cesión. Si se realizara la cesión del contrato sin contar con el consentimiento del arrendador éste podría finalizar el contrato alegando que se ha producido una cesión no consentida ya que se estaría infringiendo el contrato al introducir nuevas personas que no existían en el momento en que se firmó.

Desde el momento que el arrendador interviene en la cesión a través de su consentimiento, la persona a quien hayas cedido el contrato (el cesionario) ocupa tu lugar como arrendatario.


A partir de la cesión la relación queda establecida entre el arrendador y el cesionario, que adquiere todos los derechos y obligaciones que tenías como arrendatario. La cesión efectuada con todos estos requisitos supone tu desvinculación como arrendatario y tu sustitución en el contrato de arrendamiento por otra persona.


Sin embargo, si debes alguna cantidad, a no ser que hagas constar expresamente que la personas a quien cedes el contrato se hará cargo de dichas cantidades como pacto de la cesión, tu seguirás siendo el obligado a pagar al arrendador las cantidades que debías con anterioridad a la cesión.

El propietario sólo tiene derecho a que le notifiques la cesión y a dar su consentimiento escrito. También existe la posibilidad de que el arrendador pueda percibir una cantidad por prestar su consentimiento a la cesión.

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