Las empresas afectadas por las restricciones de horario o de aforo para evitar el aumento de contagios pueden solicitar a la autoridad laboral la tramitación del ERTE por impedimento o limitaciones de actividad a partir del 1 de febrero hasta el 31 de mayo de 2021, con las consiguientes exoneraciones en materia de Seguridad Social:
a) Respecto de los trabajadores que hayan prestado servicios en empresas cuya actividad haya quedado suspendida, la exención respecto de la aportación empresarial devengada en los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2021, alcanzará el 100%, 90%, 85% y 80%, respectivamente, cuando la empresa hubiera tenido menos de 50 empleados en situación de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020.
b) Respecto de las personas trabajadoras de estas empresas que tengan sus actividades suspendidas, la exención respecto de la aportación empresarial devengada en los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2021 alcanzará el 90%, 80%, 75% y 70%, respectivamente, cuando la empresa hubiera tenido cincuenta o más personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020.