Da de alta a tu empleado en la Seguridad Social
Preguntas Frecuentes (FAQ's)
Es importante que conozcas las obligaciones que tienes como empleador al contratar un empleado de hogar. Conoce cómo realizar un contrato de trabajo de empleado de hogar , dar el alta a un trabajador en la Seguridad Social, o cómo y a quién corresponde la cotización en la Seguridad Social.
En este sistema especial los trámites y procedimientos relativos al alta, variaciones de datos y bajas para empleados de hogar se pueden realizar a través del registro electrónico en la Secretaría de Estado de la Seguridad Social -dirección electrónica https://sede.seg-social.gob.es-, para la recepción y remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones presentadas por vía electrónica. Sin perjuicio del derecho del interesado a presentar sus escritos, solicitudes, comunicaciones y documentos en cualquiera de los registros públicos.
El contrato puede extinguirse por desistimiento libre del empleador si se cumplen los siguientes requisitos: comunicación por escrito, preaviso de 7 días (o de 20 si el contrato ha durado más de un año) y abono simultáneo de una indemnización de 12 días por año de servicio con el límite de 6 mensualidades.
Por otro lado, puedes despedir al empleado de hogar si se da alguna de las siguientes circunstancias:
- Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos de forma sobrevenida.
- Cambio de las necesidades de la unidad familiar que justifican que los servicios del empleado del hogar ya no sean requeridos.
- Que el comportamiento inadecuado del empleado suponga la pérdida de confianza del empleador.
Si el empleado no está de acuerdo con el despido y un juez lo declara improcedente, deberás abonar una indemnización de 20 días de salario por años de servicio, con el límite de 12 mensualidades.
Si te mudas a una localidad distinta, el contrato se extinguirá (salvo que acordéis lo contrario).