Capitulaciones matrimoniales
Lo que incluimos
¿Qué son las Capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones matrimoniales constituyen un pacto entre los cónyuges o futuros contrayentes, en el que se establecen los acuerdos referentes al régimen económico del matrimonio, relaciones paterno filiales, custodia de los hijos en caso de separación o divorcio y disposiciones sobre la vivienda familiar.
¿Cuándo se usan las Capitulaciones matrimoniales?
Puedes otorgar las capitulaciones en los siguientes casos:
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Antes de que se celebre el matrimonio: Tendrá validez sólo si el matrimonio se celebra en el plazo de un 1 año desde que se otorgaron ante notario.
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Recién celebrado el matrimonio, para establecer vuestro régimen matrimonial.
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Si ya lleváis un tiempo casados y queréis cambiar el régimen económico matrimonial: de separación de bienes a gananciales o viceversa.
Ejemplo de las Capitulaciones matrimoniales
Los términos de tu documento se actualizarán en función de tus respuestas
CAPITULACIONES MATRIMONIALES
Ante D/Dª , Notario colegiado con despacho en
COMPARECEN
mayor de edad, con domicilio en y vecindad civil en y provisto/a de número y , mayor de edad, con domicilio en , vecindad civil en y provisto/a de número .
Ambos intervienen en su propio nombre y derecho y se identifican por medio de sus reseñados documentos de identidad, acreditando capacidad legal en los términos del artículo 246 del Código Civil. En tal concepto se encuentran legitimados para otorgar ante Notario la presente escritura de Capitulaciones Matrimoniales, y al efecto,
EXPONEN
.
Que ordenan el régimen económico de su matrimonio, conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES
1. Régimen económico matrimonial
En dichos términos dejan formalizada la presente escritura, solicitando del Juez Encargado del Registro Civil competente, la inscripción de la misma, conforme al párrafo 2º del artículo 266 del Reglamento del Registro Civil.
OTORGAMIENTO
Así lo otorgan los comparecientes ante Notario, según intervienen, a quienes se hacen las reservas y advertencias legales, y en especial de su toma de razón en el Registro Civil. Y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, quedan informados los comparecientes, de la incorporación de los datos personales que de esta escritura resultan en los ficheros automatizados existentes en la Notaría y donde se conservarán con carácter confidencial, sin perjuicio de las remisiones que resulten de obligado cumplimiento.
En a
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Sobre las Capitulaciones matrimoniales
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Cómo hacer unas Capitulaciones matrimoniales
Crear unas capitulaciones matrimoniales es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear las capitulaciones será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos de los cónyuges o contrayentes
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¿Quiénes son los cónyuges o contrayentes?
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¿Habéis contraído matrimonio? ¿Cuál fue la fecha de celebración?
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¿Vais a contraer matrimonio próximamente? ¿Cuál será la fecha de celebración?
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¿Ha sido registrado el matrimonio en el Registro Civil?
Datos sobre el régimen económico
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¿Qué régimen económico matrimonial van a elegir?
Datos sobre los hijos comunes
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¿Quién va a tener la custodia de los hijos menores?
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¿Quién va a pagar la pensión de alimentos de los hijos?
Datos sobre la vivienda familiar
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¿Cuál será vuestro domicilio?
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¿La vivienda familiar se encuentra en régimen de alquiler o de propiedad?
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¿Está la vivienda sujeta a hipoteca?
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¿Cómo van a contribuir los cónyuges al pago de la hipoteca?
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¿Cuándo se firmó el contrato de alquiler de la vivienda?
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¿A quién se va a atribuir la vivienda en caso de disolución del matrimonio?
Datos sobre la pensión compensatoria
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¿Se va a establecer una pensión compensatoria? ¿Quién va a pagarla?
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Términos frecuentes en las Capitulaciones matrimoniales
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Vivienda familiar: Es el domicilio en el que los cónyuges tenían su residencia habitual antes del cese de la convivencia.
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Hipoteca: Es el préstamo concedido por una entidad bancaria para la adquisición de bienes inmuebles por particulares o empresas, que debe formalizarse en un contrato escrito en el que se establezcan las condiciones de amortización, como el plazo y el tipo de interés.
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Custodia de los hijos: Es la convivencia de los hijos con uno de los progenitores, atribuyendo al otro un régimen de visitas (custodia exclusiva), o con ambos, turnándose por periodos de tiempo iguales en la vivienda familiar (custodia compartida).
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Régimen de visitas y estancia: Es la atribución al progenitor a quien no se haya dado la custodia del derecho a tener contacto con sus hijos y a que convivan con él de forma periódica, repartiendo las vacaciones con el progenitor custodio.
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Pensión de alimentos: Es la compensación económica que el progenitor que no tenga la custodia debe abonar al progenitor custodio para la manutención de sus hijos. Podrá ser acordada por los progenitores o fijada por el Juez en sentencia en atención a diversas circunstancias, como la situación económica de los progenitores, el lugar de residencia o el número de hijos.
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Pensión compensatoria: Es la compensación económica que uno de los cónyuges abona al otro, bien por acuerdo o por sentencia judicial, en atención al desequilibrio económico que haya supuesto para uno de ellos la disolución del matrimonio.
Si desea que sus Capitulaciones matrimoniales incluya disposiciones adicionales o más detalladas, puede editar su documento. Sin embargo, si hace esto, es posible que desee que un abogado revise el contrato por usted (o que haga los cambios por usted) para asegurarse de que cumple con todas las leyes pertinentes y satisface sus necesidades específicas. Use el servicio de Rocket Lawyer Pregunta a un abogado.
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FAQ’s sobre las Capitulaciones matrimoniales
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¿Qué deben incluir las Capitulaciones matrimoniales?
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Identificación de ambos cónyuges.
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Identificación del notario/a ante quien se otorguen.
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Régimen económico matrimonial.
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Relaciones paternofiliales.
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Disposiciones en previsión de una eventual separación o divorcio.
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Disposiciones sobre vivienda familiar.
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Pensión compensatoria en caso de divorcio o separación.
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¿Las capitulaciones deben otorgarse ante Notario?
Una vez hayáis llegado a un acuerdo en las capitulaciones, tendréis que otorgarlas ante Notario, que las elevará a escritura pública. A partir de este trámite, comenzarán a surtir efectos inmediatamente, en caso de que ya hubieran contraído matrimonio; o bien a partir de la celebración del matrimonio, en caso de no haberse celebrado el enlace aún.
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¿Es necesario inscribirlas en el Registro Civil?
Una vez otorgadas las capitulaciones ante el Notario, debes inscribirlas en el Registro Civil para que surtan efectos frente a terceros. En caso de haber incluido alguna cláusula referente a la vivienda o a la hipoteca, también debes inscribirlas en el Registro de la Propiedad.
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