CRÉALO GRATIS Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros
Lo que incluimos
¿Qué es un Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros?
Es el acuerdo firmado entre la empresa propietaria de los datos personales (responsable del tratamiento) y la empresa contratada para realizar un servicio para el que necesita dichos datos (encargada del tratamiento). La empresa encargada se compromete a no utilizar los datos para fines distintos de los fijados en el contrato, que deben restringirse a la prestación del servicio.
¿Cuándo se usa un Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros?
Utiliza este documento cuando contrates con un tercero algún tipo de servicio utilizando los datos personales incluidos en tus ficheros:
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Si contratas mejoras de tus bases de datos de clientes.
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Si contratas un servicio de contabilidad o asesoría.
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Si contratas un servicio de realización de nóminas a tus trabajadores.
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Si contratas el envío de publicidad a tus clientes.
Ejemplo del Contrato de tratamiento de datos personales por terceros
Los términos de tu documento se actualizarán en función de tus respuestas
CONTRATO PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES POR CUENTA DE UN TERCERO_
REUNIDOS
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(1) , con domicilio social en , con NIF nº , actúa representada en este acto por en su condición de apoderado o administrador y con nº , en adelante la parte responsable del fichero; Y
(2) , con domicilio social en , con NIF nº , actúa representada en este acto por en su condición de apoderado o administrador y con nº , en adelante la parte encargada del tratamiento;
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EXPONEN_
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1. Que la parte encargada del tratamiento se dedicada a: .
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2. Que la parte encargada del tratamiento, como consecuencia de la prestación de los servicios que se detallan en la cláusula 3, a favor de la parte responsable del fichero -en adelante, el Servicio-, podrá acceder y proceder al tratamiento de determinados ficheros cuya titularidad corresponde a la parte responsable del fichero.
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Que con el fin de dar cumplimiento a la normativa de protección de Datos Personales, ambas partes firman el presente contrato de encargo del tratamiento, de acuerdo con las siguientes:
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CLÁUSULAS
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Objeto
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3.El presente contrato tiene por objeto definir las condiciones conforme a las cuales la parte encargada del tratamiento llevará a cabo el tratamiento de datos personales incluidos en ficheros titularidad de la parte responsable del fichero, de conformidad con la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal._
Dicho tratamiento se realizará sobre datos personales registrados en ficheros de los que la parte responsable del fichero es titular (en adelante, "los Datos Personales" "el Fichero") y se realizará sobre los datos personales relativos a .
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Finalidad del tratamiento
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4. El tratamiento de datos que la parte encargada del tratamiento se compromete a realizar se limitará a las actuaciones que resulten necesarias para prestar a la parte responsable del fichero, el servicio contratado._
En concreto, la parte encargada del tratamiento se compromete a realizar el tratamiento de los datos personales ajustándose a las instrucciones que, en cada momento, le indique la parte responsable del fichero así como a lo dispuesto en la normativa que le resulte aplicable en materia de protección de datos personales.
La finalidad del tratamiento es ._
Asimismo, la parte encargada del tratamiento se compromete a no realizar ningún otro tratamiento sobre los datos personales, ni a aplicar o utilizar los datos con una finalidad distinta a la prestación del servicio al que se hace referencia en el presente contrato.
Datos a los que se da acceso
5. Los datos personales que forman parte de los ficheros de la parte responsable del fichero, a los que tendrá acceso la parte encargada del tratamiento son los siguientes:
Nombre del fichero:
Llllliiiij
Categoría | Datos | Medidas de seguridad de seguridad |
Obligaciones del encargado del tratamiento
6. El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:
a. Utilizar los datos personales objeto del tratamiento, o los que recoja su inclsuíon, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
b. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento.
c. Llevar por escrito un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:
- El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
- Las categorías de tratamiento efectuados por cuenta de cada responsable.
- En su caso, las transferencia de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el art. 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
- Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
- La seudoanimización y el cifrado de datos personales.
- La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
- La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
- El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles.
El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones de interés público.
e. Subcontratación
Se autoriza al encargado a subcontratar con la empresa las prestaciones que comporten los tratamientos siguientes:.
Para subcontratar con otras empresas, el encargado debe comunicarlo por escrito al responsable, identificarlo de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto, con un mes de antelación. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el responsable no manifiesta su oposición en el plazo de 15 días.
El subcontratista, que también tiene la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad,etc.) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
f. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
g. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometen, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
h. Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
i. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
j. Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
- Acceso, rectificación, supresión y oposición.
- Limitación del tratamiento.
- Portabilidad de datos.
- A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluída la elaboración de perfiles). El encargado del tratamiento debe resolver, por cuenta del responsable, y dentro del plazo establecido, la solicitudes de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, en relación con los datos objeto del encargo. El encargado del tratamiento deberá informar por correo electrónico al responsable de una manera inmediatamente y en ningún caso más allá del día laborable siguiente a la recepción de la solicitud.
k. Derecho de información
El encargado del tratamiento, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de los datos.
l. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos.
El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 48 horas, y a través de correo electrónico, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas. Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
- Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
- El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
- Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
- Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
Corresponde al encargado del tratamiento comunicar las violaciones de la seguridad de los datos a la Autoridad de Protección de Datos.
La comunicación contendrá, como mínimo, la información siguiente:
- Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
- Nombre y datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
- Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
- Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
m. Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
n. Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
o. Poner disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
p. Implantar las medidas de seguridad necesarias de acuerdo con la evaluación de riesgos vigente realizada por el responsable o por el encargado del tratamiento de los datos personales.
En todo caso, deberá implantar mecanismos para:
- Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
- Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
- Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
q. Designar, si procede, un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable.
El delegado de protección de datos debe designarse cuando:
- El tratamiento lo lleve a cabo una autoridad o un organismo público, excepto los tribunales que actúen en ejercicio de su función judicial;
- Las actividades principales del responsable o del encargado consistan en operaciones de tratamiento que, en razón de su naturaleza, alcance y/o fines, requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala;
- Las actividades principales del responsable o del encargado consistan en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales y de datos relativos a condenas e infracciones penales.
r. Destino de los datos
Devolver al responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación.
La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado.
No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
Obligaciones del responsable del tratamiento
7. Corresponde al responsable del tratamiento:
a. Entregar al encargado los datos a los que se refiere la cláusula 5 de este documento.
b. Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado.
c. Realizar las consultas previas que corresponda.
d. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) por parte del encargado.
e. Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
Documento de seguridad_
8. El Documento de Seguridad de la parte encargada del tratamiento deberá contener la identificación de los ficheros que se traten en concepto de encargo del tratamiento, con referencia expresa al presente contrato. Asimismo, en el documento de seguridad de la parte encargada del tratamiento se identificará al responsable del fichero y se indicará el período de vigencia del contrato.
_
Asimismo, en el caso que los datos de los ficheros de la parte responsable del fichero se incorporen y traten de modo exclusivo en los sistemas de información de la parte encargada del tratamiento, la parte responsable del fichero deberá anotarlo en su Documento de Seguridad.
_
La parte encargada del tratamiento deberá indemnizar a la parte responsable del fichero por toda reclamación, daño, deuda, pérdida, multa, sanción, costes y gastos, incluyendo los honorarios razonables de abogados, con causa en cualquier incumplimiento por la parte encargada del tratamiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente contrato o de la normativa que le resulta de aplicación.
Estipulaciones generales_
9. Toda notificación que tenga relación con este contrato se realizará a los respectivos domicilios indicados en el encabezamiento del mismo, se hará por escrito y será entregada de cualquier forma que certifique la recepción por la parte notificada.
Legislación aplicable_
10. El presente contrato se regirá por la legislación española.
Firma electrónica
11. Al usar la funcionalidad de e-sign para los contratos electrónicos creados en la plataforma de Rocket Lawyer, las partes acuerdan que este contrato es la copia original y que les vincula legalmente. Las partes recibirán un e-mail cuando este contrato haya sido firmado y formalizado por las mismas, sirviendo como prueba de su completa validez legal.
Y como prueba de lo convenido, ambos firman el presente contrato por duplicado
En , a
14
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La parte responsable del fichero
_________________________________ | _________________________________ |
Fecha de la firma |
La parte encargada del tratamiento
_________________________________ | _________________________________ |
Fecha de la firma |
Sobre el Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros
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Cómo hacer un Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros
Crear un Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros es fácil, solo responde unas pocas preguntas y Rocket Lawyer redactará el documento por ti. Cuando tengas todos los datos preparados, crear tu contrato será un proceso fácil y rápido.
Necesitarás la siguiente información:
Datos de los responsables y encargados del tratamiento
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¿Quién es el responsable del fichero de datos?
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¿Quién es el encargado del tratamiento de datos?
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¿A qué actividad se dedica el encargado del tratamiento de los datos?
Datos de los interesados
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¿Quiénes son las personas cuyos datos van a ser tratados?
Datos sobre la política de tratamiento
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¿Cuál es la finalidad del tratamiento de los datos personales?
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¿Cuál es el nombre del fichero de los datos que se van a ceder para el tratamiento?
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¿Cuál es la categoría, tipo y medidas de seguridad de los datos que van a ser tratados?
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¿Se va a permitir la subcontratación del tratamiento de datos personales?
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Términos frecuentes en el Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros
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Responsable de tratamiento: Es el profesional o empresa que debe fijar los fines y objetivos de la política de protección de datos, supervisando que los procesos de recogida y procesamiento cumplan con las exigencias del Reglamento General de Protección de Datos, realizando informes de seguimiento e identificando posibles vulneraciones de datos personales.
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Encargado de tratamiento: Es la empresa o profesional cuya función es procesar los datos personales del fichero remitido por el responsable del tratamiento sin utilizarlos para fines distintos de los fijados en el contrato.
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Tratamiento de datos: Es el conjunto de operaciones que realiza un profesional o una empresa a quien el cliente ha facilitado sus datos personales, como el registro, la cesión, la modificación, eliminación o utilización para fines comerciales.
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Consentimiento: Es la aceptación de las condiciones de un contrato o acuerdo, por ejemplo, que una empresa trate los datos personales de clientes con fines comerciales.
Si desea que su Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros incluya disposiciones adicionales o más detalladas, puede editar su documento. Sin embargo, si hace esto, es posible que desee que un abogado revise el contrato por usted (o que haga los cambios por usted) para asegurarse de que cumple con todas las leyes pertinentes y satisface sus necesidades específicas. Use el servicio de Rocket Lawyer Pregunta a un abogado.
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FAQ’s sobre el Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros
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¿Qué debe incluir un Contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros?
Este contrato debe firmarse cuando otra empresa va a prestarte un servicio en el que vas a dar acceso a datos de clientes, trabajadores, etc, exigiendo la Ley de Protección de Datos (LOPD), un determinado contenido al mismo:
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Quiénes son los titulares de los datos personales.
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Finalidad del tratamiento de los datos.
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Descripción de los datos a los que se da acceso.
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Si se va a realizar otra cesión de datos adicional.
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Seguridad de los datos y notificación de los problemas en dicha seguridad.
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Medidas de seguridad.
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¿Qué se consideran datos personales?
Es aquella información con la que se puede identificar o hacer fácilmente identificable a una persona, por ejemplo:
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El nombre y apellidos, el documento de identidad…
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Los datos de contacto, como el domicilio, número de teléfono o la cuenta de correo electrónico.
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Los datos bancarios, de afiliación a la Seguridad Social, datos profesionales.
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El estado civil.
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Imágenes o vídeos.
Existe una categoría especial de datos personales especialmente sensibles sobre una persona, como la raza, la ideología, creencias religiosas, datos sanitarios, genéticos o biométricos, que contienen una información que debe tener un nivel de protección mayor que las demás categorías de datos.
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¿Qué no se consideran datos personales?
La razón de ser de la política de protección es evitar que personas o empresas no autorizadas accedan a información que pueda identificar o hacer fácil la identificación de personas vivas y que se pueda producir una vulneración de su intimidad. Si tenemos en cuenta este criterio, no podremos considerar datos personales:
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Los datos de sociedades o personas jurídicas, dado que no se trata de personas individualizadas.
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Los datos de personas que han fallecido.
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¿Cuál es la diferencia entre un responsable y un encargado de protección de datos?
Eres responsable del tratamiento si es quien determina los fines y medios del tratamiento de datos personales (dentro de su organización). Si externalizas la administración real del procesamiento a otra organización, ésta empresa será la encargada. Como encargado, tiene acceso real a los datos personales.
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¿Cuál es el objeto del contrato para el tratamiento de datos personales por cuenta de terceros?
Sólo y exclusivamente se pueden ceder a terceros, aquellos datos especificados en el contrato y que estén contenidos en el nombre del fichero que también debe especificarse en el contrato.
Además, los datos que se ceden obligatoriamente han tenido que ser obtenidos de una manera adecuada de los clientes siguiendo las obligaciones que exige la Ley de protección de datos (LOPD).
Nuestra Garantía de Calidad
Garantizamos que nuestro servicio es seguro y que los documentos firmados de Rocket Lawyer son legalmente ejecutables bajo la legislación española.
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