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CREA GRATIS Excedencia por cuidado de hijo

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Más información sobre la Excedencia por cuidado de hijo

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Si tienes un hijo menor de 3 años, estás en tu derecho a interrumpir temporalmente tu relación laboral para dedicarte a atenderle. Utiliza esta solicitud para comunicárselo a tu empresa con todas las garantías legales.

Utiliza este modelo cuando seas padre o madre de un niño menor de 3 años y quieras dejar de trabajar para cuidarle durante un tiempo.

  • identificación del trabajador

  • nombre de la empresa a la que va dirigida la solicitud

  • establecimiento del día en que comienza la excedencia

  • fijación del periodo de tiempo que va a durar la excedencia

  • fijación del día en que volverás a trabajar

La excedencia debe solicitarse por escrito, indicando la fecha de inicio de la excedencia y su duración.

A salvo de lo que puedan establecer los convenios colectivos, no se exige que la excedencia por cuidado de hijo se solicite con una determinada antelación, aunque te recomendamos que lo hagas con antelación para que tu empresa tenga margen de maniobra y pueda adoptar las medidas necesarias.

 

Cómo máximo hasta que tu hijo cumpla 3 años (o hasta que se cumplan 3 años desde que se constituyó la adopción).

También puedes solicitar una excedencia por un plazo menor (por ejemplo, 6 meses), y si luego lo deseas, pedir que se prorrogue hasta el 3er cumpleaños del niño.

Durante ese tiempo no tendrás obligación de ir a trabajar, y la empresa no tendrá obligación de remunerarte.

Durante el primer año de la excedencia, te reservan tu puesto de trabajo. Pasado ese primer año, te reservan un puesto de trabajo del mismo grupo profesional.

La diferencia con la excedencia voluntaria es que sí tienes asegurado el reingreso en la empresa (en tu puesto o en uno equivalente). Además, el tiempo que estés de excedencia por cuidado de hijo sí cuenta como antigüedad en la empresa.

Si formas parte de una familia numerosa, la reserva del puesto de trabajo se podrá extender un máximo de 15 meses más, 18 meses si se trata de una familia numerosa de categoría especial.

Si mientras disfrutas de la excedencia, eres padre o madre de nuevo, tienes la opción de finalizar la excedencia que estaba vigente y solicitar una nueva para cuidar del nuevo niño. De esta forma la excedencia podrá durar hasta que el segundo niño cumpla los 3 años.

No. Siempre que cumplas con el requisito (ser padre de un menor de 3 años), tendrás derecho a la excedencia. El único caso en el que el empresario podría limitar este derecho es si los dos padres trabajan en la misma empresa.

 

Pregunta a un Abogado:

  • para conocer si en tu convenio colectivo existe un plazo mínimo necesario de antelación para presentar tu solicitud de excedencia

  • si has solicitado la excedencia y te la deniegan

  • si cuando finaliza la excedencia, la empresa deniega tu solicitud de reingreso

También puedes consultar nuestra Guía Rápida Excedencias laborales.