La renta o precio del alquiler
La renta es la cantidad que el arrendatario paga al arrendador por el alquiler del piso o local. En España, el precio o renta puede ser negociado libremente entre arrendador y arrendatario. Este precio dependerá de varios factores. Debes tener en cuenta donde se encuentra el piso o local así como su ubicación, los metros cuadrados que tenga, los accesorios, etc. En Internet puedes encontrar numerosas páginas web que te ayudan a conocer aproximaciones de precios de alquiler.
¿Cuándo y dónde debe pagarse el precio del alquiler?
Legalmente se establece que pago de la renta es mensual y ha de efectuarse en los 7 primeros días del mes, aunque el arrendador y arrendatario pueden pactar otra cosa. Por eso, se puede acordar que el pago de la renta sea quincenal, trimestral, semestral o anual, o fuera de los siete primeros días de cada mes. El lugar y el procedimiento para el pago también se puede acordar libremente y si no se establece nada en concreto, será en efectivo y en la vivienda o local arrendado. La forma de pago más habitual es la transferencia bancaria. Además, el arrendador está obligado a entregar al arrendatario un justificante o recibo de alquiler, siempre que no quede acreditado que se ha pagado el precio de otra manera, por ejemplo, con el resguardo del ingreso bancario. El recibo de alquiler o documento acreditativo del pago es indispensable para que el inquilino o arrendatario pueda demostrar que se ha realizado el pago.
¿Qué incluye el precio del alquiler?
Para evitar sustos innecesarios debes asegurarte de que el contrato de arrendamiento establece exactamente qué se incluye en el pago de la renta. Determinar qué gastos quedarán cubiertos por el pago mensual que reciba el propietario, es decir, que cantidades se compromete contractualmente a pagar el inquilino. El recibo de alquiler deberá contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago, y específicamente, la renta. Deberá constar por separado la renta, los impuestos (IBI, tasa de recogida de basuras), los servicios y suministros (agua, electricidad, gas, calefacción, etc), los gastos de la comunidad de propietarios, las obras, el IVA.
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