¿Qué es la patria potestad?
La patria potestad son los deberes y derechos que como padre tienes sobre tus hijos menores de edad no emancipados y también sobre su protección.
Como padre debes preocuparte por los hijos, tenerlos en tu compañía, alimentarlos, educarlos y darles una correcta formación.
La patria potestad que es titularidad de los padres es obligatoria, personal e intransferible y no puedes modificarla, cambiarla o finalizarla por la voluntad de una persona, sino en los casos que la Ley lo establezca.
En condiciones normales se ejerce conjuntamente por ambos padres o por uno solo con el consentimiento del otro.
Si tuvieras desacuerdos reiterados el juez puede llegar a resolver el conflicto, modificando la patria potestad dándosela a uno de los padres o repartiendo las funciones, durante un plazo
concreto.
Si como padres tuvierais algún problema de incapacidad, ausencia o similar, la patria potestad se ejercerá por el otro.
Si los padres vivís separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá en interés del
hijo atribuir al padre que lo solicite la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor, o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.
La patria potestad finaliza con la muerte de los padres o con la mayoría de edad de los hijos, o por su emancipación o por la adopción por otras personas.
¿En qué se diferencia la patria potestad , la guarda y custodia?
La patria potestad se refiere a la representación general de los hijos, mientras que la guarda y custodia se centra en la convivencia habitual o diaria con ellos.
Así cuando existe una ruptura matrimonial, lo normal es que ambos progenitores mantengan la patria potestad, cosa que no suele ocurrir con la guarda y custodia, que solo uno de ellos mantiene, exceptuando los casos de custodia compartida.
¿Qué hacer cuando hay conflictos entre los padres?
Debes intentar a un acuerdo mediante el diálogo y en su caso firmar un convenio.
Si es imposible que te pongas de acuerdo podrás acudir a un Juez (sin abogado ni procurador), quien una vez presentado este documento de la patria potestad y sus conflictos, citará a los interesados para escucharles y también al hijo y decidirá la resolución del conflicto, dando la decisión al padre o a la madre.
La decisión del juez sobre los conflictos de los padres no supone la supresión de la misma, sino que, lo que normalmente decidirá es, cuál de los dos deberá resolver el conflicto y el otro, deberá respetarlo.
¿Cuál es la tramitación?
Para la resolución de conflictos se deberá:
- Solicitar mediante este documento de la patria potestad y sus conflictos, por cualquiera de los padres, al juez, que el interés del menor requiere de una respuesta y solución lo antes posible.
- El juzgado citará a ambos a una reunión en la que se oirán las explicaciones de uno y otro y también al menor.
Resolverá el juez del lugar de residencia familiar, o el del menor, o en caso, el que conoció de su expediente de custodia, tutela, etc.
Pregunta a nuestros abogados si tienes cualquier duda sobre el ejercicio de la patria potestad y la custodia de tus hijos.
Este artículo contiene información jurídica general y no contiene asesoramiento jurídico. Rocket Lawyer no es un bufete de abogados y no sustituye a un abogado o bufete de abogados. El derecho es complejo y cambia con frecuencia. Para obtener asesoramiento jurídico,pregunta a un abogado