1. Trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social
Antes de que el empleado empiece a trabajar, deberás solicitar:
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las inscripción del empleador como empresario para que se le asigne una cuenta de cotización (si es la primera vez que contrata a alguien). Si has dejado en blanco este dato, recuerda completarlo una vez te hayan asignado el código de cuenta
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la afiliación del trabajador a la seguridad social (si es la primera vez que trabaja)
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el alta del trabajador en el régimen que corresponda
2. Trámites con el SEPE
En el plazo de 10 días desde que se concierta el contrato, debes entregar primero copia básica a los representantes legales de la empresa (si los hay), que deberán firmarlo, y al Servicio Público de Empleo. Esta comunicación puede realizarse de dos maneras:
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presentando en los Servicios Públicos de Empleo la copia del contrato de trabajo
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por medios telemáticos: en la actualidad estas comunicaciones pueden hacerse a través de Internet, por medio del sistema contrat@ que ha puesto en marcha el Servicio Público de Empleo Estatal