Información de tu perfil Configuración de la cuenta
Cerrar sesión
Registrarse Iniciar sesión

Despido disciplinario

Realiza un despido disciplinario ante un problema de conducta de un empleado

Existen muchas causas por las que se puede realizar un despido, las causas que justifican el despido disciplinario están relacionadas con la conducta del trabajador.

Crea tu carta de despido disciplinario
Comenzar
Responde unas pocas preguntas. Nosotros nos encargaremos del resto

Mediante el despido disciplinario el contrato de trabajo puede extinguirse, por decisión únicamente de parte del empresario, debido a un incumplimiento contractual grave y culpable del trabajador. En la carta de despido disciplinario debes dejar claro cuál es la razón del despido.

Existe una lista cerrada de incumplimientos contractuales por parte del trabajador que pueden ser causa de despido disciplinario. Es decir, si el trabajador no ha realizado uno de esos incumplimientos no puedes realizar un despido disciplinario. Eso sí, en esta lista está redactada en la Ley con amplitud suficiente para que contenga todos los tipos posibles de incumplimiento contractual del trabajador. 

Las causas contenidas en el listado legal son:

  • faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo
  • indisciplina o desobediencia en el trabajo
  • ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos
  • transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo
  • disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado
  • embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo
  • acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa

También los convenios colectivos pueden regular las faltas laborales de los trabajadores que habilitan al empresario para su despido, precisando con mayor detalle los anteriores supuestos legales, pero sin que puedan llegar a establecer como causas de despido conductas del trabajador distintas a las que marca la Ley.

No es obligatorio realizar ningún preaviso del despido al trabajador en este caso.

No es necesario pagar al trabajador despedido disciplinariamente ninguna indemnización, si se trata de un despido disciplinario procedente.

Pero por eso es muy importante que te asegures que los motivos para proceder con el despido disciplinario son suficientes, ya que si posteriormente el trabajador lo impugna y se declara improcedente o nulo, la cosa cambia, existiendo las siguientes situaciones:

  • despido disciplinario improcedente

​En este caso, hay que, a opción del empresario, indemnizar con 33/45 días/año trabajado al trabajador (máximo 24/42 mensualidades) o readmitir en su puesto de trabajo al trabajador.

  • despido disciplinario nulo

​El despido será declarado nulo cuando se considere discriminatorio y cuando vulnere un derecho fundamental o libertad pública del trabajador. En este caso se ha de readmitir al trabajador sin otra opción. Sin embargo si el trabajador es representante de los trabajadores, a opción del trabajador puede elegir entre la readmisión o la indemnización con 33/45 días/año trabajado al trabajador (máximo 24/42 mensualidades). En último lugar, si la nulidad del despido disciplinario es porque se han violado derechos fundamentales, el juez podrá condenar, además de a la readmisión del trabajador, al abono de una indemnización por daños y perjuicios.

 

Crea tu carta de despido disciplinario
Comenzar
Responde unas pocas preguntas. Nosotros nos encargaremos del resto