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El convenio en las parejas de hecho

Protege tu convivencia y anticípate a los problemas

Este convenio permitirá que tu convivencia como pareja de hecho y tu posible separación tenga unas reglas pactadas.

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Es un acuerdo entre las parejas de hecho, que permitirá acordar los aspectos relativos a la convivencia y su posterior finalización, como:

  • las tareas domésticas

  • gastos económicos, obligaciones, deudas

  • hijos y otras personas que convivan con la pareja

  • el patrimonio de los que conviven

  • la vivienda habitual, mobiliario

  • pensiones, indemnizaciones, derechos de Seguridad Social

Los acuerdos a los que llegues en este documento, no deben ser especialmente perjudiciales para ninguno de los firmantes. Se considerarán válidos siempre que no vayan contra la legislación existente (en algunas CCAA). Si quieres saber más sobre las especialidades de cada Comunidad Autónoma, pregunta a un abogado.

Es muy importante que firmes un acuerdo de estas características con tu pareja, ya que no existe una regulación para este tipo de convivencia ni paras sus efectos económicos ni patrimoniales.

Debes pactar todo lo relativo al cuidado de los hijos, y por lo tanto, cómo debes ejercer ese cuidado tanto en convivencia, como cuando esta cesa. También por ejemplo, cuando la pareja ya tiene hijos anteriores que van a convivir, debes acordar quién y cómo correrá con los gastos de esos hijos, etc.

También pactas, como vas a ejercer como padre o madre, después del cese de la convivencia y si esas funciones las van a compartir, si se dejan en ti o en tu pareja. Si quieres saber más sobre el cuidado de los hijos pregunta a un abogado.

En el caso que hubiera hijos, los tribunales sentencias que la vivienda familiar generalmente, quedará para éstos y el miembro de la pareja de hecho que tenga la custodia y vaya a convivir con ellos. Esto también podrás pactarlo. Para cualquier duda sobre esta cuestión pregunta a un abogado.

También tienes que llegar a un acuerdo respecto a cómo se van a mantener los gastos comunes, por ejemplo, de la casa donde vives, (comunidad, luz, agua, teléfono, gas, etc…) y qué gastos se pagarán individualmente.

Además, en caso de que finalice la convivencia, si se hubieran generado deudas, cómo y quién va a pagarlas. Pregunta a un abogado si quieres saber más sobre cómo organizar los gastos y deudas con tu pareja.

No existe una regulación específica que indique la obligación entre los miembros de una pareja de hecho de darse alimentos, ya que no son parientes, ni cónyuges. Por esta razón es muy importante que acuerdes en el convenio esta obligación entre la pareja.

Cuando se produce la ruptura de la convivencia y existe un grave perjuicio para uno de los miembros de la pareja de hecho, los tribunales, suelen dictar sentencias a favor del más desfavorecido, repartiendo el patrimonio común generado o bien fijando una pensión compensatoria.

Por esto es importante que tengas firmado un convenio regulador con tu pareja de hecho para contemplar soluciones a estas situaciones y en caso de duda, pregunta a un abogado.

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