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Asociaciones sin ánimo de lucro

Agrúpate y realiza una actividad colectiva

Crea una asociación para la realización de fines de interés general o particular con nuestros estatutos, y formaliza el acta fundacional para inscribirla en el registro de asociaciones.

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Las asociaciones, tienen su fundamento en el derecho constitucional y fundamental de todos los españoles, conocido por "derecho de asociación". Los fines y las actividades de las asociaciones pueden ser variados, con el único límite de que no sean ilegales y no tengan ánimo de lucro, es decir ánimo de beneficiarse económicamente. Una asociación no se crea para hacer negocios ni sacar beneficio económico.

Las asociaciones tienen que realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de sus fines por los que fue creada. Aunque no tengan una actividad empresarial, todos los beneficios obtenidos por el ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, tienen que destinarse a la asociación y al cumplimiento de sus fines o actividad. No pueden repartirse estos beneficios entre los asociados, por eso se habla de asociaciones sin ánimo de lucro.

Además, si tu asociación va a tener o tiene objetivos de interés general (terrorismo, deporte, voluntariado, educación, acción social…) puedes solicitar ayudas y subvenciones del Ministerio o Ministerios competentes. También pueden recibir donaciones que tendrán que certificar. Utiliza nuestro Certificado de donación para justificar las donaciones realizadas. 

Las asociaciones la tienen que crear por acuerdo un mínimo de tres personas, que pueden ser físicas o jurídicas (empresas o sociedades) y adquieren personalidad jurídica desde su creación, siendo necesario para su publicidad que se inscriban en el correspondiente Registro de Asociaciones. 

Todos los asociados formarán la Asamblea General, que es el órgano de gobierno de la asociación y tomarán las decisiones de forma democrática y por mayoría.

La Asamblea General, nombrará entre sus miembros al órgano de representación, que se encargará de realizar todos los actos relacionados con el fin y la actividad de la asociación.

Se puede acordar, que los asociados paguen una cuota o derrama a la asociación para realizar sus actividades.

Las asociaciones se crean con el acta fundacional y su posterior inscripción en el Registro  de Asociaciones, de ámbito nacional (si la asociación va a ejercer su actividad en todo el territorio español o en varias comunidades autónomas) o de ámbito autonómico (si sólo va a actuar en una comunidad autónoma en concreto).

  1. Elige el nombre de tu asociación: Comprueba en el fichero de denominaciones de asociaciones, que el que has elegido no existe. El nombre no puede ser ilegal, ofensivo, parecido o igual a una marca, nombre de persona física o jurídica (sin consentimiento). 
  2. Redacta tus estatutos de asociación con unos sencillos pasos completando nuestro modelo, que incluye:
  • La denominación
  • Los fines y actividades de la asociación (a qué se va a dedicar)

  • El domicilio y dónde va a desarrollar sus fines

  • La forma de admitir asociados, y sus derechos y obligaciones

  • Su organización económica y su patrimonio

  • Quién va gobernar y representar a la asociación. Sus reglas, composición y procedimiento para la elección, cese y adopción de acuerdos

  • Los criterios que garanticen el funcionamiento democrático  
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