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Acta de fin y entrega de obra

Finaliza la construcción y recepción de la obra

Firma tu acta de fin de obra, señala las reservas y el plazo que das al contratista para subsanar los defectos de la obra.

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En el contrato de obra, habrás fijado el plazo para que el constructor finalice la construcción del edificio, y te entregue la obra terminada.

En ese momento, tienes que comprobar que la obra se ha hecho correctamente y cumpliendo con el contrato. Lo normal, y puesto que son cuestiones técnicas, es que esta comprobación la haga la dirección facultativa, que está formada por el arquitecto director de la obra y en ocasiones también puedes nombrar a un director de ejecución de obra, que suele ser un arquitecto técnico y que ayuda en el control de la obra.

Para recibir las obras que te entrega el constructor, tienes que firmar un acta de fin de obra o recepción de obra, y reflejar si hay vicios o defectos o si no los hay, es decir, el acta será con reservas o sin reservas.

Si no hay defectos, tienes que firmar el acta de recepción sin reservas, que significa que la obra ha sido construida y entregada conforme a lo pactado en el contrato. Y el constructor no será responsable por defectos aparentes, pero seguirá respondiendo y siendo responsable de los vicios ocultos, y de los pequeños defectos de acabado que aparezcan en los materiales y en la construcción. Consulta nuestra guía rápida Seguros y garantías de la construcción.

 

Cuando te entreguen las obras, si existen defectos o la obra no se ha ejecutado conforme al contrato y el proyecto, recibirás las obras pero con la condición de que el constructor repare y subsane los defectos que hagas constar y señales en el acta. El acta se llamará, Acta de recepción con reservas.

Tendrás que darle un plazo para subsanar los defectos. Y cuando el constructor haya subsanado y reparado todos los defectos, tendrás que firmar otra acta independiente.

El Acta de fin de obra o de recepción, es muy importante, ya que a partir de la firma de este documento, se inician los plazos de garantía y reparación que fija la ley de ordenación de la edificación. Plazos que puedes ver en la guía rápida Seguros y garantías de la construcción.

Si la firma del acta es sin reserva, los plazos de garantía se inician a partir de la firma. Y si es con reservas, el plazo de garantía empieza en el momento en que se subsanen y reparen todos los defectos recogidos en el acta.

El acta la tiene que firmar obligatoriamente el constructor y el promotor, pero nuestro consejo es que también la firme la dirección facultativa, que será el arquitecto director de las obras, y que habrá intervenido en el control de las obras y el director de ejecución de obra, si ha habido alguno durante la construcción de la obra.

Deberás incluir en el acta de recepción lo siguiente:

  • partes que la firman

  • certificado final de la totalidad de la obra (este es un documento que elabora y firma el arquitecto de la obra)

  • coste final de la ejecución material de la obra (lo que ha costado la obra)

  • si se recibe la obra con o sin reservas

  • si hay reservas, el plazo que tiene el constructor para reparar y terminar los defectos. Una vez subsanados los mismos, se hace constar en un acta aparte, suscrita por los firmantes de la recepción

  • garantías que se van a exigir al constructor. Puede ser la retención del 5% del precio de la obra, o que el constructor firme un seguro de responsabilidad decenal (construcción). Puedes informarte mejor consultando nuestra guía rápida Seguros y garantías de la construcción

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