1. Si se trata de un trabajador por cuenta ajena en situación de desempleo, debe presentar el certificado expedido por el Servicio de Empleo Público Estatal en el que figure el importe de la prestación por desempleo.
2. Si se trata del cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, lo puede justificar mediante certificado expedido por la Agencia Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
3. Para acreditar el número de personas que habitan la vivienda debe presentar los siguientes documentos:
- Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.
- Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.
- Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.
4. Para justificar la titularidad del inmueble ha de aportar:
- Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar: Puede obtener el documento enviando un correo electrónico al Registro de la Propiedad donde hubiera inscrito el inmueble. El listado de correos electrónicos se encuentra en la web www.registradores.org
- Escrituras de compraventa de la vivienda y de concesión del préstamo.
5. En caso de que se tratara de una vivienda distinta a la habitual sujeta a un alquiler, deberá aportar también el contrato de arrendamiento.
En caso de que no pudiera aportar la nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad o el certificado de empadronamiento, podrá presentar una declaración responsable relativa al cumplimiento de las condiciones requeridas para poder acceder a la moratoria.