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7 causas por las que podrás finalizar el contrato de alquiler

Alquilar tu propiedad puede llegar a ser una de las cosas que más quebraderos de cabeza te traiga sobre todo si tienes la mala suerte de dar con un inquilino de aquellos que nadie quisiera tener: el que no paga el alquiler, molesta en exceso a los vecinos, provoca destrozos en la vivienda, etc.

Para que estés informado antes de tomar la decisión de poner tu vivienda en alquiler, te contamos los motivos más comunes que pueden provocar la resolución antes de tiempo del contrato que firmes con el inquilino. Como arrendador puedes dar por terminado el acuerdo por varios motivos, aquí tienes los principales:

1. Falta de pago del alquiler

Una de las causas más claras a la hora de resolver el contrato es el impago de la renta por parte del inquilino. Es evidente que el pago de la renta es la principal obligación del inquilino y por ello, incluso el impago de una sola mensualidad puede dar lugar a la resolución del contrato por este motivo. Hay que tener en cuenta que el arrendador no está obligado a soportar que el inquilino se retrase en el pago del alquiler.

Cuando se produce la situación de impago, el arrendador tiene que poner en marcha las medidas adecuadas para resolver esta situación. Lo primero, y lo más útil es reclamar la renta al inquilino, sobre todo, por si pudiera tratarse de un simple error. Desde Rocket Lawyer España ponemos a tu disposición un documento de “Requerimiento de pago renta” que podrás personalizar y adaptar a tus circunstancias.

2. Impago de la fianza o de su actualización

En el momento de celebración del contrato es obligatoria la exigencia y prestación de una fianza. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el arrendador está obligado a exigir al inquilino el pago de una fianza y que, por su parte, el inquilino se encuentra obligado a abonarla en metálico, al comienzo del contrato.

El incumplimiento de la obligación de exigir o depositar la fianza puede sancionarse con multa para el arrendador, que, por su parte, puede resolver el contrato si el inquilino no paga el importe de la fianza o su actualización.

La finalidad de la fianza es cubrir tanto la obligación de devolver la cosa en el estado en que se recibió, como otros eventuales incumplimientos derivados del contrato.

3. El subarriendo o cesión de la vivienda arrendada sin consentimiento

En ambos supuestos, cesión o subarriendo, se requiere el consentimiento escrito del arrendador. La falta de consentimiento permite por lo tanto al propietario, resolver el contrato. Además, y aun cuando exista consentimiento por escrito por su parte, si las cantidades que recibe el inquilino superan lo que paga como renta al propietario, también se podrá resolver el contrato.

4. Realizar obras no consentidas

La ley dispone que el arrendador puede resolver el contrato cuando el inquilino haya realizado obras sin su consentimiento en aquellos casos en que dicho consentimiento sea necesario. Esto quiere decir que dependerá del tipo de obra que se haya hecho en la vivienda ya que, no todas, dan derecho al propietario a resolver el contrato.

Así, se podrá resolver el contrato de alquiler si las obras realizadas por el inquilino modifican la configuración del piso o disminuyen la resistencia de la construcción, como por ejemplo tirar una pared o tabique o instalar una chimenea. Pero no, sin embargo, si cambia la bañera por un plato de ducha o coloca rejas de seguridad en las ventanas.

5. Destino de la vivienda a otros usos

Otro de los motivos por los que el propietario puede resolver el contrato de alquiler es el hecho de que la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino o de su cónyuge no separado legalmente o de hecho, o sus hijos. También podrá resolver el contrato si en la vivienda se ejerciera alguna actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial o cultural, si además ésta deja de ser la vivienda primaria y permanente del inquilino.

6. Realización de actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas

El comportamiento molesto e incómodo del inquilino que sea desagradable para cualquiera que habite en el inmueble o tenga que permanecer en él así como cualquier actividad incómoda que cause alarma social en el entorno de la vivienda, pueden suponer que el propietario resuelva el contrato.

7. Finalización del plazo

Lógicamente, cuando llega el día fijado en el contrato, el arrendador podrá dar por finalizado el alquiler. Eso sí, debes tener en cuenta que, independientemente de la duración que las partes hayan indicado en el contrato, la Ley establece un plazo mínimo de duración en que el inquilino deberá ser mantenido en la vivienda arrendada. Puedes tener más información sobre la duración de los contratos de alquiler de vivienda consultando nuestra guía gratuita “Duración del arrendamiento de vivienda”.

Este plazo varía en función de la fecha en que se haya realizado el contrato de alquiler. Esto es así, porque la Ley de Arrendamientos Urbanos, que regula este tipo de contratos, ha sido modificada en varias ocasiones por lo que, dependerá de la fecha del contrato, el tiempo en que puede quedarse el inquilino en la vivienda alquilada si así lo quiere.

Además, en nuestra guía gratuita “Terminar el contrato de arrendamiento” encontrarás más información útil que te ayudará en los momentos difíciles de tu relación con tu inquilino.

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